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2672 CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "R.H.P. DE LOS ABGS. ROBERTO MORENO Y PABLO MORÍNIGO EN JOSÉ ERIBERTO AYALA BRUN C/ ESTADO PARAGUAYO S/ INDEMN. DE DAÑOS Y PERJ.".- 00o2L23 111.05 19 A.I. No 661 2023 Asunción, 30 de agosto del 2.023. VISTOS 0 por 37), Los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos las Abogadas Rocío Amarilla y Sonia Cardozo Arguello (fs. contra el Auto Interlocutorio N° 289, con fecha 25 de Mayo R.a21, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Cuarta Sala de la Capital, el informe de la Actuaria obrante a fs. 38, yi CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (fs. 38), se advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, resulta ser la Providencia con fecha 07 de Noviembre de 2.022, obrante a fs. 35, habiendo transcurrido el plazo superior seis meses establecido en el Artículo 172 del Código Procesal Civil, para que opere la Caducidad de Instancia sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Así tampoco, se evidencia que existan actos procesales susceptibles de suspender o interrumpir el plazo de la Caducidad de la Instancia Recursiva.- El Artículo 175 del Código Procesal Civil establece: "...La Caducidad será declarada de oficio o a petición de parte por el Juez o Tribunal...". Corresponde, pues, declarar operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil e imponer las Costas a la Parte Apelante, conforme lo dispone el Articulo 200 del citado Código de Forma. POD LUDICIA Por tanto, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: SECRETARIA 1702 onanor Qk DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD DE INSTANCIA RECURSIVA en este uicio por haber transcurxido el término prescripto en el SUPEMA ◆ Artículo 172 del Código Procesal Civil.-. IMPONER Costas la Parte apelante. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiese luga en Der ANOTLY pegistr 10. Simon- y notificar. Eugeno liménez Rolberto 10000 г Antonfe Garans Pierina Czu Secretaria Judicul l1•
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