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1247/21 22 CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABG. GUILLERMO CÁRDENAS EN LOS AUTOS LIZ NATASSHA VON LEPEL C/ ALEJANDRO CARLOS ALBERTO SCHREIBER HELLMANN S/ DIVORCIO VINCULAR". 30" -08-2023 A.I. N. 642 F80 Asunción, 29 de Agoso del 2.023... Los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por malograro Eros Aikerto schreiber ielamarn (se, 5), pos Derecho pzopio y Fil epatrocinio de Abogado, contra el Auto Interlocutorio N799, con fecha 30 de Julio del 2.021, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Sala, Circunscripción Judicial Central, el informe de la Actuaria obrante a fs. 23, Y; CONSIDERANDO: De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (fs. 23), advierte que la última actuación procesal que impulsó la Instancia Recursiva y de la cual existe constancia en el expediente, resulta ser la Providencia con fecha 28 de Octubre de 2.022, obrante a fs. 22, habiendo transcurrido el plazo superior a seis meses establecido en el Artículo 172 del Código Procesal Civil, para que opere la Caducidad de Instancia sin que la Parte recurrente cumpliera acto procesal alguno capaz de instar el curso del proceso. Así tampoco, se evidencia que existan actos procesales susceptibles de suspender o interrumpir el plazo de la Caducidad de la Instancia Recursiva. . El Artículo 175 del Código Procesal Civil establece: "..La Caducidad será declarada de oficio o a petición de parte por el Juez o Tribunal...".- Corresponde, pues, declarar operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil e imponer las Costas a la Parte Apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD DE INSTANCIA RECURSIVA en por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo este Juicio 12 del Código Procesal Civil.- IMPONER Costas a la Parte REMITIR este Juici al Tri anal rigen para lo que hubiere lugar en Derecho. ANOTAR, Fes trar y noti 0% SECRETATJA Perto Noter Simon Ministio Eugenio 9'ménez R Ministro Iter Czuna Wona Actuaria Secretaria Judicial II- CS.J.
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