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19 20 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "COMPULSAS DEL EXPTE: ORGANIZACION DINAMICA S.A. C/ RES. NRO. 473 DEL 29/06/2022 Y OTRAS DICT. POR LA SECRETARIA NACIONAL DE CULTURA - SNC", Expte.C.S.J.N° 1040, Folio 92 vuelto, Año 2022. 100 0102 03 04 A.I. N°.. 464 Asunción, 24 de agosto de 2023 VISTOS: Estos autos y CONSIDERANDO Que, el informe de la Actuaria (fs. 198), expresó cuanto sigue: "...en el expediente caratulado: "COMPULSAS DEL EXPTE: ORGANIZACION DINAMICA S.A. C/ RES. NRO. 473 DEL 29/06/2022 Y OTRAS DICT. POR LA SECRETARIA NACIONAL DE CULTURA - SNC", Expte.C.S.J.Nº1040, Folio 92 vuelto, Año 2022, los abogados Nathalia Cardozo Coronel y Gustavo Reinoso Jara en representación de la Secretaria Nacional de Cultura - SNC, fue debidamente notificado de la providencia de fecha 24 de abril de 2023 (fs. 187), según la cédula de notificación de fecha 08 de junio de 2023 (fs.190). De las constancias que obran en autos, se aprecia que, desde dicha fecha (08 de junio de 2023), hasta el 19 de junio de 2023, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por su parte".- Consecuentemente, desde dicha fecha (08 de junio de 2023), transcurrió el plazo de cinco días sin que la parte demandada haya presentado su escrito de contestación, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo.- Que, las previsiones del Artículo N°438 del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia..." , en estas condiciones, corresponde dar por decaído el derecho que ha dejado de utilizar los abogados Nathalia Cardozo Coronel y Gustavo Reinoso Jara en representación de la Secretaría Nacional de Cultura - SNC, en consecuencia, llamar Autos para Resolver los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por los abogados Nathalia Cardozo Coronel y Gustavo Reinoso, en representación de la parte demandada-SNC y por los abogados Rodolfo Barrios y María José Barreiro, en representación de la Procuraduría General de la República, contra el Auto Interlocutorio Nro.992 de fecha 02 de setiembre de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala. .
POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE DAR dar por decaído el derecho que han dejado de utilizar los abogados Nathalia Cardozo Coronel y Gustavo Reinoso, en representación de la parte demandada-SNC, para presentar su escrito de contestación del traslado que se le corriera por la parte apelante (PGR).- AUTOS PARA RESOLVER el Recurso de Apelación y Nulidad interpuestos por los abogados Nathalia Cardozo Coronel y Gustavo Reinoso, en representación de la parte demandada-sNC y por los abogados Rodolfo Barrios y María José Barreiro, en epresentación de la Procuraduria General de la República, contra el Auto yoerlocutorio Nro.992 de fecha 02 de setiembre de 2027, dictado por e/pidanal de Cuentas, Segunda Siala... ANOTAR y registrar. Naw! Lais María Benitez Riera Ministro Dra. Ma. Carolina Lanes e Ante mi: Ministra CO POD * SECRETARIA JUDICIAL IV CONTENCIOSO AOLENISTRATINO ISTICIA Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO Secretaria
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