Contenido completo: 99680.pdf
22 2 20 CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR ANIBAL CORINA ORUE C/ LEY N° 6355 QUE MODIFICA LOS ARTS. 1, 3, 4, 7, 13 Y 21 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODIFICACIONES NORMAS RESPALDATORIAS. N° 3048 - AÑO 2021. -08-2023 AI. No 1337. Asunción, 25 de agosto de 2023- VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por la abogada Marcela Dos Santos en representación del señor Aníbal Corina Orué, en contra de los artículos 1, numeral 2 inciso a); 3 numeral 1, 2, 3; 4 numeral 7; 13 y 21 de la Ley N° 6355/2019 Tsi "Que modf. los Arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/ 13 "Que reglamenta el Art 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las Disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias", y; CONSIDERANDO: Que, en el citado escrito se solicita la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, numeral 2 inciso a); 3 numeral 1, 2, 3; 4 numeral 7; 13 y 21 de la Ley N° 6355/2019 "Que modf. los Arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° y 21° de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las Disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias". Que, resulta relevante a los efectos de la declaración de inconstitucionalidad de una norma, que el agravio sea contemporáneo tanto al momento de la impugnación como de su resolución. En tal sentido, cabe señalar que los artículos 1, numeral 2 inciso a); 3 numeral 1, 2, y 3; 4 numeral 7; 13 y 21 de la Ley N° 6355/2019, fueron objeto de modificación según surge de la Ley N° 6919/2022 de fecha 18 de julio de 2022 "Que modifica varios Artículos de la Ley N° 5033/2013 "Que reglamenta el Artículo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos" y deroga la Ley N° 6355/2019", con lo cual, habiendo desaparecido del sistema la norma impugnada de inconstitucional, el agravio deja de ser actual y la controversia ya no existe.-.. En atención a lo expuesto precedentemente, deviene inoficioso el estudio de la acción de inconstitucionalidad promovida por la abogada Marcela Dos Santos en representación del señor Aníbal Corina Orué, por haber desaparecido la causa que la motivo. POR TANTO, la • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad presentada por la abogada Marcela Dos Santos en representación del señor Aníbal Corina Orué, en contra de los artículos 1, numeral 2 inciso a); 3 numeral 1, 2, 3; 4 numeral 7; 13 y 21 de la Ley N° 6355/2019 "Que modf. los Arts. 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Ley N° 5033/13 "Que reglamenta el Art. 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplia las Disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias", conforme lo expuesto en el considerando de la presente resolución ARCHIVAR estos autos yna vek firme esta resolución. NOTIFICAR por cédula, ANOTAR y registrar. Ante mi Gustavo E. Santander Dah Dr. Víctor Ros Ojeda Mipistro esar M. Dieset Junghanns Ministro CSJ. REM!
← Volver a los resultados