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CORTE SUPREMA DE USTICIA 01 ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR VICEPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY C/ LEY N° 2248/03 "QUE MODIFICA EL ART. 30 DE LA LEY N° 879/81 "CODIGO DE ORGANIZACION 1248/2023.- JUDICIAL".- N° A.I.N°: 1189 Asunción, 02 de Agosto de 2023.- 6U VISTO: El pedido de suspensión de efectos formulado por el Vicepresidente de la República del Paraguay HUGO ADALBERTO VELAZQUEZ MORENO, y bajo patrocinio de abogado, contra Ley N° 2248/03 "Que modifica el art. 30 de la Ley N° 879/81 "Código de Organización Judicial; y; CONSIDERANDO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. . Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, ci petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación.-.... Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado.- A la cuestión planteada, el Doctor Ministro Gustavo Santander Dans, dijo: Me permito manifestar que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación del dispositivo jurídico impugnado pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante, más aún considerando que su sanción y promulgación es de antigua data (año 2003). Por lo que no estado cumplidos los requisitos exigidos en el Articulo 553 del CPC voto por el rechazo de la medida solicitada.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la medida de suspensión de efectos contra Ley N° 2248/03 "Que modifica el art. 30 de la Ley N° 879/81 "Código de Organización Judicial", en relación a la parte accionante; el Vicepresidente de la Republica del Paraguay HUGO ADALBERTO VELAZQUEZ MORENO ANOTAR y notificar. Ante mí: Gustavo E) Sentander Dans Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro
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