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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABG. PABLO SANABRIA ROA EN V Y L SRL C/ PATRIA S.A. DE SEGUROS Y REASEGUROS S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.". 01 27 A.I. Nº 563 Asunción, 01 de agosto del 2.023.- 2023 VISTOS: pedido formulado por el Abogado Pablo sanabria Rod de fs. 34, el informe de la Actuaria a fs. 35 yi- CONSIDERANDO: citado Profesional del Foro solicitó a esta máxima Ihstancia se declaren Desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la adversa al no haber expresado agravios. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que el Abogado Daniel Acosta Talavera, en representación de la Parte Demandada, fue notificado de la Providencia con fecha 26 de Abril del 2.023, conforme a Cédula de notificación con fecha 11 de Mayo del 2.023, obrante a fs. 32. En el expediente no existe constancia que el mismo se haya presentado a fundar sus Recursos, estando la fecha vencido el plazo para hacerlo.- Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Daniel Acosta Talavera imponer las costas a la Parte apelante, conforme lo dispone el Artículo 203, inciso el, del Código Procesal Civil.- POR TANTO, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PODER SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación Nulidad interpuestos por el Abogado Daniel Acosta Talavera, contra el Auto Interlocutorio N° 329, con fecha 26 de Abril del 2.02 dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial SUDICIAT de la Capital, Sexta Sala. IMPONER Costas a la Parte apelante. REMITIR este Juicio al Tribunal de origen lo' que hul ere lugar, en Derecho.- SECNETARIA, ANOTAR egistrar y notificar. - Alberte Pertinez -Simon MiRistro gott Ciar Anturio Serage Ministro AtTuaria Secretaria Judicial I1- CS.J.
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