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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "RUBEN DARIO RECALDE MELLID C/ MUNICIPALIDAD DE CORONEL OVIEDO S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA". Expte. C.S.J. N° 122, Folio 6VLTO., Año 2023. 421 A.I. Nº.. Asunción, 25 de julio de 2023. CONSIDERANDO: Ros Que, el informe de la Actuaria que obra a fs. 212 de autos, expresó lo siguiente: "... que en el S/ DEMANDA CONTENCIOSO ADIAINISTRATIA". Expte. C.S.J. N° 122, Folio 6VLTO., Año 2023, los representantes de la parte demandada, fueron notificados de la providencia de fecha 03 de mayo de 2023, según cédula de notificaciór de fecha 09 de mayo de 2023 que obra a foja 207 de autos. De las constancias obrantes en autos, se aprecia que, desde la fecha 09 de mayo de 2023, al 24 de mayo de 2023, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por su parte...". Consecuentemente, desde dicha fecha (09 de mayo de 2023), transcurrió el plazo de nueve días sin que los representantes de la parte demandada, hayan presentado sus escritos de contestación del traslado que fuera corrido por parte del apelante, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo.- Que, las previsiones del Artículo Nº 438 del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia...", en estas condiciones, corresponde dar po decaído el derecho que han dejado de utilizar los Abogados representantes de la parte demar dada, para presentar su escrito de contestación de traslado que fuera corrido por parte del apelante (actora), en consecuencia, llamar Autos para Resolver el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Luis Alberto Torres y el Recurso de Apelación interpuesto por el Señor Ruben Dario Recalde Mellid, ambos contra el Acuerdo y Sentencia N° 03 de fecha 30 de diciembre de 2022, dictado por el Tribunal Electoral de la Circunscripción Judicial de Caaguazú y San Pedro.
POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: DAR por decaído el Derecho que han dejado de utilizar los Abogados representantes de la parte demandada para presentar su respectivo escrito de contestación de traslado que fuera corrido por parte del apelante (actora).- AUTOS PARA RESOLVER eL Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Luis Alberto Torres y el Recurso de Apelación interpuesto por el Señor Ruben Dario Recalde Mellid, ambos contra el Acuerdo y Senteneia po° o% de fecha 30 de diciembre de 2022, dictado por el Tribunal Electoral de la Circunscripción sudicial de Caagrazi y San Pedro.- ANOTAR rOUEUar Luta Migia Benitoz Fora Ministro Dra. Ma. Carouna eunes u Ministra Ante mi Dr. Manuel ejesús Ramirez Cand INISTRO Secretaria
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