Contenido completo: 99029.pdf

CORTE SUPREMA DEJUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR OSCAR AGUSTIN BENITEZ CARBALLO Y OTROS C/ ART. 3° DE LA LEY N° 4252/2010 DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO" NUMERO° 1683 AÑO 2021. . 01 02 00. A.I. N°: 1036 - 2023 E8 Asunción, 19 de jutio de 2023.- 20 VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por los señores OSCAR AGUSTIN BENITEZ CARBALLO, PEDRO GUSTAVO VAZQUEZ BOGARIN, 91 VICTOR MANUEL JARA BERNAL, RODOLFO DANIEL ROLON GAMARRA, ALBERTO RAMON BEJARANO NEFFA, JUAN FRANCISCO TRINIDAD FIORIO, ELIZABETH JARA BERNAL, MILDER RUBEN MENDOZA, VIDAL ANSELMO BENITEZ ALARCON, EDGAR NICOLAS PEREIRA MELGAREJO, JOSE ALBERTO FRANCO URQUART, NICOLAS ARMIN ESCOBAR VALIENTE, SERGIO ISACIO CUEVAS SANABRIA, FELIPE CACERES DUARTE, ANUNCIO MOSQUEIRA CARBALLO, CAYETANA BEATRIZ BOWER DE ESCOBAR, ELIO GABRIEL VERA AVEIRO, VICENTE CORONEL, OSCAR TEODORO MARTINEZ BENITEZ, PEDRO ALADINO CANTERO GAONA, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, en contra del Art. 1° de la Ley N° 4252/2010 que modifica los Arts. 3° de la Ley N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL. SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO", y CONSIDERANDO: Que, la parte actora alega que el articulo impugnado infringe las disposiciones contenidas en los articulos, 6,46,47,57,95,103 y 137 de la Constitución Nacional.-................ Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capitulo".- Que, el artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitucional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definitiva o interlocutoria" Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular".- Que, analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C.- POR/TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: Abog. Julio C. Pavón Martínez Secretario Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ.
TENER por presentada al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRÁMITE a la acción presentada por los señores OSCAR AGUSTIN BENITEZ CARBALLO, PEDRO GUSTAVO VAZQUEZ BOGARIN, VICTOR MANUEL JARA BERNAL, RODOLFO DANIEL ROLON GAMARRA, ALBERTO RAMON BEJARANO NEFFA, JUAN FRANCISCO TRINIDAD FIORIO, MIRTA ELIZABETH JARA BERNAL, MILDER RUBEN MENDOZA, VIDAL ANSELMO BENITEZ ALARCON, EDGAR NICOLAS PEREIRA MELGAREJO, JOSE ALBERTO FRANCO URQUART, NICOLAS ARMIN ESCOBAR VALIENTE, SERGIO ISACIO CUEVAS SANABRIA, FELIPE CACERES DUARTE, ANUNCIO MOSQUEIRA CARBALLO, CAYETANA BEATRIZ BOWER DE ESCOBAR, ELIO GABRIEL VERA AVEIRO, VICENTE CORONEL, OSCAR TEODORO MARTINEZ BENITEZ, PEDRO ALADINO CANTERO GAONA, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, en contra del Art. 1° de la Ley N° 4252/2010 que modifica los Arts. 3° de la Ley N° 2345/2003 "DE REFORMA Y SOSTENIBILIDAD DE LA CAJA FISCAL. SISTEMA DE JUBILACIONES Y PENSIONES DEL SECTOR PUBLICO". CORRER vista a la Fiscalía General del Estado.- FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de cada semana, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 del C.P.C. ANOTAR y registrar sastavo E. Santar Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministre CSJ. Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro Abog, Julie G, Rayén Marti Secretario * 3 SECRETARIA JUDICIALI JUSTICIA SUPRE
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.