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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR WILBERTO MOLINAS PAREDES C/ LEY N' 4252/10 QUE MODE. LOS ARTS. 1, 3 Y 9 DE LA LEY 2345/03, ASI COMO CONTRA LOS ARTS. 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 Y 18 DE LA LEY 2345/03 Y LOS ARTS. 1, 2, 3, 5 Y 6 DEL DECRETO REGLAMENTARIO N° 1579 DE FECHA 5 DE FEBRERO DE 2004. N° 325 - ANO 2020.- A.I. N°: 982 00/ 01 192102Tp4 Asunción, O4 de Julio de 2023 .- VISTO: Estos autos, y;- 4-07-2023 CONSIDERANDO: Que, el presupuesto básico para producir la caducidad de instancia inaptavidad procosa), o sea la paralización del proceso durante el tiempo previsto en la el cual en el procedimiento civil es de seis meses. En principio, esta circunstancia se exterioriza en la no ejecución de acto alguno por ambas partes; aunque también puede" darse cuando los actos que se cumplan durante dicho periodo sean carentes de idoneidad para impulsar el proceso.- Que, pasando a la verificación y estudio de las constancias de autos, surge que la última diligencia tendiente a dar impulso procesal en esta instancia ha sido la providencia de fecha 17 de febrero
de 2021, que obra a f. 42 de autos, se dispuso que la parte accionante agregue copia de su cedula de identidad autenticada. Posterior a ello, no se observa que la interesada haya instado el procedimiento a través de actos idóneos y adecuados para hacerlo avanzar, siendo el impulso de éste una carga que compete exclusivamente a las partes quienes -a través de dichos actos- deben conducir la instancia hacia su estadio conclusivo, por lo que de esta forma, hallándose cumplido el plazo estabiecido en el Art. 172 del Cod. Proc. Civ., corresponde declarar operada la caducidad de instancia en estos autos.-. En relación a las costas, corresponde imponerlas a la parte accionante, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 200 del C.P.C. FOR TANTO, en mérito a las consideraciones que anteceden y al informe del Señor Secretario obrante en estos autos, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA • SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR operada la caducidad de la instancia en estos autos de conformidad a los fundamentos expuestos en la presente resolución.- - IMPONER las costas a la parte actora.- NOTIFICAR por Cédula. ANOTAR y registrar.- Ante in Cesar M. Diesel Junghanns Ministro COJ: Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro ARGg.
Quito C. Pavon Martinez Secrotario
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