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LORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "BIENVENIDA BERNARDITA AMARILLA DE BAREIRO C/ FRANCISCA AMARILLA S/ USUCAPIÓN". - A. I. Nº 465. Asunción, 28 de Junio del 2.023.- PODER El escrito presentado por los Abogados Federico Sampos® 75447882 y Osvaldo Ismael Rodas Sánchez las demás constancias y;- CONSIDERANDO: Por el mencionado escrito, los citados Profesionales del Foro presentaron recusación "sin expresión de causa" contra señor Ministro de la Sala Civil y Comercial de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, Dr. César Antonio Garay. Si bien el Código Ritual preveía la recusación "sin expresión de causa" una sola vez en cada Juicio, contra los señores Ministros de la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, pese a hallarse proscripta desde la Carta Política de 1940 en nuestro país, la Ley Nº 609/95 que "Organiza la Corte Suprema de Justicia" , derogó tan inicua recusación "sin causa". En efecto, en su Artículo 3° dispone: "Son deberes y atribuciones de la Corte Suprema de Justicia, en pleno:... g) Conocer y decidir en la recusación con causa, excusación e impugnación de excusación de SUS ministros, cuando éstos actúan en pleno. Toda excusación deberá ser fundada. En ningún caso se admitirá la recusación sin expresión de causa..." .- Por
consiguiente, corresponde declarar inadmisible la recusación "sin expresión de causa" deducida por los Abogados Federico Campos López Moreira y Osvaldo Ismael Rodas Sánchez, por 10 DICI improponible.- Por tanto, fundada en las motivaciones precedentes, 1a celentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL EQUELVE: DECLARAR INADMISIBLE la recusación "sin expresión de causa" deducida por los Abogados Federico Campos López Moreira y Osvaldo Ismael Rodas Sánchez, contra el señor Ministro de la Sala Civil y Comercial de La xcelentisima Corte Suprema de Justicia, DI. cesar Antonio por proponible. ANOTAR, registrar icar. - An Aibert larenez Simon Clame Eugenio Jiménez R. MInistro Dra. Ma. Carotina Llanes 0. Secretaria Mattiat Il Ministra
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