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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 1 01 102 00 JUICIO: "ALBERTO ROMERO DIAZ C/ PATRICIO VICENTE ARCE CABRERA S/ PREPARACIÓN DE ACCIÓN EJECUTIVA". A.I. Nº 447 Asunción, 15 de junio del 2.023.- Y VISTOS: Estos autos; y CONSIDERANDO: POR A.I. /N° 454 del 4 de Junio del 2.021 el Tribunal de apeta ton en lo Civil, Comercial Y Laboral, Primera Sala de la arromscricción Judicial Central, resolvió conceder los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Patricio Vicente Arce, contra el A.I. Nº 832 del 5 de Noviembre del 2.020.- De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que Patricio Vicente Arce fue notificado de la Providencia "Autos" de fecha 30 de Diciembre del 2.021, conforme a Cédula de notificación de fecha 3 de Marzo del 2.022, obrante a fs. 136, en su domicilio procesal constituido en la Secretaría Judicial II. En el expediente no existe constancia que el citado se haya presentado a fundar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo. Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Patricio Vicente Arce e imponer las costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del Código
Procesal Civil. POR TANTO, la Excelentisima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Patricio Vicente Arce, contra el A.I. Nº 832 del 5 de Noviembre del 2.020, dictado por el Tribunal de Apelación en lo 10 Civil, Comercial y Laboral, Primera DiêT Sala de la Circunscripción dicial Central. IMPONER costas al apelante.- REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubi ere SECRETARIA r en Derecho.- ANOTAR, registrar y notificar. ) Martinez Si Ante mí: Carolina Ilanes O. Dra. Ma. Ministra Andurid Zurray Piede ing Migastina Osuna Vort Actuaria sobreescrito: 2023
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