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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR FERNANDO SILVERIO PARINI GRANCE C/ ART. 7 PARRAFO 2° DE LA RESOLUCIÓN CGR N° 341 DE FECHA 14 DE AGOSTO DEL 2019 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA PROCEDIMIENTO DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO PREVISTO EN EL ART. 19 LEY N° 5033/13 QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS" N° 1573 AÑO 02 03 1,03 A.I. N°: 017 Asunción, 19 de junio de 2023 VISTA: la acción de inconstitucionalidad presentada por el Señor FERNANDO SILVERIO PARÍNI GRANCE, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, en contra del Art. 7 párrafo 2° de la Resolución CGR N° 341 de fecha 14 de agosto del 2019, por la cual se reglamenta el Procedimiento del Sumario Administrativo previsto en el artículo 19 de la Ley N° 5033/13 " Que Reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos"; y, CONSIDERANDO: El accionante alega que el acto normativo impugnado infringe las disposiciones contenidas en los artículos 16, 137 y demás concordantes de la Constitución Nacional.- Revisadas
las constancias de autos, se advierte que resulta inocua la expedición de esta Sala con respecto a lo planteado por el accionante, en base a las siguientes consideraciones. El accionante impugna el Art. 7 párrafo 2° de la Resolución CGR N° 341 de fecha 14 de agosto del 2019, POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO PREVISTO EN EL ARTÍCULO 19 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACION JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS", disposición emanada de la Contraloría General de la República. Pues bien, la resolución impugnada fue derogada expresamente por otra, emanada de la misma institución, la Resolución CGR N° 818 de fecha 22 de agosto de 2022, POR LA CUAL SE REGLAMENTA EL PROCEDIMIENTO DEL SUMARIO ADMINISTRATIVO PREVISTO EN EL ARTICULO 19 DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ARTICULO 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS", cuyo artículo 3° dispone: "Derogar la Resolución CGR N° 341/19, y toda disposición contraria a la presente resolución". En este escenario, al perder vigencia la norma impugnada,
los agravios ya no persisten a la fecha, tornando inoficioso un pronunciamiento de esta Sala acerca de su constitucionalidad. ya no está vigente, con lo que cualquier pronunciamiento sobre su constitucionalidad sería inane. En conclusión, por los motivos apuntados, corresponde declarar inoficioso el estudio de la POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad planteada por el Señor FERNANDO SILVERIO PARINI GRANCE, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, en contra del Art. 7 párrafo 2° de la Resolución CGR N° 341 de fecha 14 de agosto del 2019, por la cual se reglamenta el Procedimiento del Sumario Administrativo previsto en el artículo 19 de la Ley N° 5033/13 "Que Reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Rentas Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos® ANOTAR y notificar por cédula, Ante mí: Gustavo E. Santander Dan Ministro Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro PODER, * CORTE SUPS SECRETARIA JUDICIALI JUSTICIA +
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