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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "TELECEL S.A. C/ RES. NRO. 1894 DEL 31/10/14 DICT. POR LA CONATEL", Expte. C.S.J. Nº235, Folio 16, Año 2023. A.I. Nº 335. Asunción, 07 de jumo de 2023.- VISTO: El escrito de desistimierto presentado por el representante de la parte actora, abogado - Manuel Riera Domínguez, Vi.- CONSIDERANDO: Que, en el escrito que obra en estos autos, el representante de la parte actora, manifestó que: ".. . Mi mandante TELECEL, a través de sus apoderados, dan conformidad expresa al desistimiento en el presente escrito, ...". Que, el Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "...Que el desistimiento de la instancia pued e formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia signif ica la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la resolución impugnada...".- Que, en relación a las costas, el Art. 197 del Código Procesal Civil dispone: "...Cuando el desistimiento fuere de la acción, las costas del proceso correrán a cargo del actor. Cuando lo fue re de la instancia, el que desistiere correrá con las ocasionadas en la misma...". En consecuencia, correspo nde tener por desistido de los Recursos Interpuestos por el representante de la parte actora, contra
el Acuerdo y Sentencia N° 396 de fecha 28 cle diciembre de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, en los términos del escrito presentado e imponer costas a la parte apelante.- POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: TENER por desistido de los Recursos de Apelación y Nulidad, interpuestos por el representante de la parte actora, abogado Manuel Riera Domínguez, contra el Acuerdo y Sentencia N° 396 de fecha 28 de diciembre de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, en los términos del escrito presentado. COSTAS a la parte apelante. ANOTESE y notifíquese Ante miCesar M. Diesel Junghana Ministro CS,, Dr. Manuel Ejesús Ramírez Candi MINISTRO Naul Carplina Lanes O. Ministra рожка Abg. Norma Dominguez Secretaria
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