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CORTE SUPREMA DEJ USTICIA ACCIÓN INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR BANCO SUDAMERIS BANK S.A.E.C.A. EN AUTOS CARATULADOS DANIEL LUIZ ZUCONELLI FONTANIVA C/ LA ESCRIBANA PUBLICA BARBARA LORENA SANABRIA GARCIA, AGRICOLA COLONIAL S.A.I.C. Y BANCO SUDAMERIS BANK S.A.E.C.A S/ NULIDAD DE ACTOS" N° 2915 AÑO 2019. - 05: 203 Roque Mbalbé Fizcalizador AI. N°. 7.70 Asunción, 6 de JuniO de 2.023- presentado por el Abogado Julio Cesar Romero en nombre : représentación del BANCO SUDAMERIS BANK. S.A.E.C.A. que obra a foja 61 d autos, y: CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito, el recurrente manifiesta que desiste de la acción de inconstitucionalidad instaurada en los autos citados más arriba, por convenir a sus derechos. Que, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. el Art. 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a
dar por terminado el proceso en Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento formulado por recurrente deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el Abogado Julio Cesar Romero en nombre y representación del BANCO SUDAMERIS BANK. S.A.E.C.A. en los autos mencionados ut supra, de conformidad al exordio de esta resolución. IMPONER las costas en el orden causado. . Gustavo E. Santander Dans. Dr. Victor Bios Ojeda Ministro Ministro SECRETARIA JUDICIALI JUSTICIA *
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