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119/7023 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECUSACIÓN SIN CAUSA PLANTEADA POR EL ABG. DIEGO CUBAS EN CONTRA DE LA JUEZA ZULMA BEATRIZ LUNA, LOS AUTOS: QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA PLANTEADA POR EL ABG. SEBASTIÁN OLMEDO EN LOS AUTOS: BANCO REGIONAL SAECA C/ NILSON OLDAIR ARCARI ESPINOLA S/ EJECUCIÓN HIPOTECARIA". A. I. Nº 442. Asunción, 06 de Junio del 2.023.- recusación "sin expresión de causa" planteada Diego Cubas, en representación de Nilson Aldaif Afcari Espinola, contra Zulma Beatriz Luna, integrante set aribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Primera Sala, Circunscripción Judicial Itapúa, y;- CONSIDERANDO: SOLIARA El 28 de Febrero del 2023, el Abogado Diego Cubas recusó sin expresión de causa a la Magistrada Zulma Beatriz Luna, integrante del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, Circunscripción Judicial Itapúa, en los términos del escrito que obra a f. 18 de estos autos.- La recusada -con sujeción a lo previsto en el Art. 31 del C.P.C. - elevó informe de rigor. Esgrimió que la recusación fue planteada extemporáneamente por transgredir las disposiciones establecidas en el Art. 27 del C.P.C., por lo que peticionó su rechazo (fs. 20). El Art. 24 del C.P.C. reza: "El actor o demandado podrá
recusar sin expresión de causa una sola vez en cada juicio a juez de primera instancia, de los Tribunales de Apelación de la Corte Suprema de Justicia. Cuando sean varios los ctoxes o los demandados, cualquiera de ellos podrá usar de casta facultad. Su ejercicio no obstará a la recusación con causa". Respecto de Pierina bruna Wood! Actuaria udicial, fue Secretaria Judicialll C.S.Martud de la Ley Ministro de la máxima Instancia Alberto MAzüez Simon nistro resamente pr 609/95 en su Art. 3, Fugenio riménez K: Ministro su planteamiento, literal "g".- en Cesar Anivers Grazo Cabe advertir aquí, que el Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Primera Sala, Circunscripción Judicial Itapúa, en cumplimiento a lo dispuesto en el tercer párrafo del Art. 25 del C.P.C., fue llamado a entender en estos autos, en razón a que el recusante, Abogado Diego Cubas, planteó -primeramente- recusaciones con expresiones de causas contra los Conjueces del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala, Circunscripción Judicial Itapúa, que fue designado originariamente para entender en grado de revisión en este Juicio. Dicha recusación fue rechazada por ésta Sala de la Excma. Corte Suprema de Justicia, por A.I. Nº 232, de fecha 18
de Abril de 2023, debido a su improcedencia, disponiéndose la devolución de los autos al Tribunal de origen, de conformidad al Art. 33 del C.P.C. La circunstancia apuntada, por sí sola determina que la cuestión propuesta a estudio en esta ocasión, carece de objeto, pues a la fecha, la Magistrada recusada ya no entiende en estos autos. Por otro lado, cabe señalar que el citado profesional, na planteado tres recusaciones con causa anteriores, rechazadas por ser manifiestamente infundadas e improcedentes, por lo que en el citado A.I. Nº 232, de fecha 18 de Abril de 2023, ésta Sala de la Excma. Corte Suprema de Justicia resolvió remitir los antecedentes del caso a conocimiento del Consejo de Superintendencia de Justicia, ante la conducta del Abogado Diego Cubas. En tal sentido, corresponde igualmente la remisión de compulsas de estos autos, a los efectos pertinentes, conforme con las Acordadas que regulan la materia.- Por las motivaciones expuestas, corresponde declarar carente de objeto la recusación "sin expresión de causa" planteada por el Abogado Diego Cubas, contra la Magistrada Zulma Beatriz Luna, Miembro del Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Primera Sala, Circunscripción Judicial Itapúa.-
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA tanto, JUICIO: "RECUSACIÓN SIN CAUSA PLANTEADA POR EL ABG. DIEGO CUBAS EN CONTRA DE LA JUEZA ZULMA BEATRIZ LUNA, EN LOS AUTOS: QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA PLANTEADA POR EL ABG. SEBASTIÁN OLMEDO EN LOS AUTOS: BANCO REGIONAL SAECA C/ NILSON OLDAIR ARCARI ESPINOLA S/ EJECUCION HIPOTECARIA". en mérito de las motivaciones que anteceden, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: Declarar carente de objeto la recusación "sin expresión de causa" planteada por el Abogado Diego Cubas contra la Magistrada Zulma Beatriz Luna, Miembro del Tribunal de Apelación en 10 Civil Comercial, Primera Sala, Circunscripción Judicial Itapúa, por las motivaciones expuestas. Ordenar la remisión de las compulsas estos autos al Consejo de Superintendencia de la Corte Suprema de Justicia, para lo que hubiera lugar en Derecho según expuesto en el exordio. Alberto Remitir estos ps al Tribanal) de origen Anotar, registran 1 роти Eugenio giménez R. AntinezSimon Ministro Bisen Anivnio F Ante mí: Actuaria Secretaria Judicial II • C.S.
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