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20% PODER CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 504/21 JUICIO: "REG. DE HON. PROF. EN 2DA INST. DE LA ABOG. MIRNA KUCHENMEISTER Y FERNANDO KUCHENMEISTER EN LOS AUTOS: CREDI MERCO S.A. C/ INDUSTRIA PYA DE ALCOHOLES S.A. S/ ACCIÓN EJECUTIVA". - ISTADISTICA CIVIL A. I. Nº 398 Roque Lo, de Franco mayo 6 -05-2023 Asunción, 25 de del 2.023.- LO VISTOS: El escrito presentado por la Abogada Mirna Kuchenmeister, obrante a fs. 38, y;-. SI TITE CONSIDERANDO: La citada Profesional del Foro manifestó que desiste de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el Auto Interlocutorio Nº 583, con fecha 17 Diciembre del 2.019, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Primera Sala, de la Circunscripción Judicial Alto Paraná, advirtiendo que la misma actúa en defensa de sus Derechos. El Artículo 167 del Código Procesal Civil reza: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la Sentencia impugnada". Corresponde, pues, tener por desistida a la Abogada Mirna Kuchenmeister, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo precedentemente transcripto e imponer las Costas a la recurrente, conforme
lo dispone el Artículo 197 del Código Procesal Civil. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JU SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: POR DESISTIDA a la Abogada Mirna Kuchenmeister, de "los Interlocutorio Nº 583, con fecha 17 Diciembre del 2.019, dictado el Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Primera Sala, de la Circunscripdión Judicial Alto Paraná.- IMPONER Costas a, la apelante. REMITIR estos auges al Iribunal de rigen. ANOTAR, registrar notificar. Ante Eugenio Jiménez R Ministro Martinez Simd Ministro Tam ham tan 428 Pierndozurt Actuaria Secretaria Tudicial II - C.S.J.
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