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1004/22 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. SOLICITADA POR EL ABG. EVER A. PAREDES TORRES EN LOS AUTOS: DANIEL MORINIGO GONZALEZ C/ GERMÁN RÍOS OJEDA S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO". - 02 A. 1. Nº 395 RECIEN ESTADISTICA 6023 -05° Asunción, 25 de mayo del 2.023.- 26 Roque Lopez parico VISEOS: El pedido formulado a fs. 33 por el Abogado Ever Paredes Torres, y; CONSIDERANDO: El citado Profesional del Foro solicitó a esta Máxima Instancia Judicial de la República el decaimiento del Derecho de la adversa por no haber contestado el traslado del escrito de expresión de agravios dentro del plazo que tenía para hacerlo. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial a fs. 34, se advierte que Daniel Morinigo González y Germán Ojeda, fueron notificados de la Providencia con fecha 1 de Marzo del 2.023, conforme Cédulas de notificación con fecha 22 de Marzo del 2.023, obrantes fs. 31/32. En el Expediente no existe constancia que la citadas partes se hayan presentado a contestar el traslado corrídoles, habiendo vencido el plazo procesal que tenían para hacerlo, con lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil.- Corresponde, pues, dar por decaído el
Derecho que han dejado de usar Daniel Morinigo González y Germán Ojeda, para contestar el traslado corrídoles. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que han dejado de usar Daniel González Y Germán Ojedan para contestar el traslado Co 1700 AUTOS ASO para res gistr notificar CORTE PUST SUPRA An Eugenio Jiménez Ministro 400l martinez Simon Vinistro iner Antonio/ Jarge Ріст 4 CZ Actuaria Secretaria Fudicia( II - C.S.J.
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