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13 THU 5 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN ROQUE MANCUELLO CHAPARRO C/ SERVICIOS Y SISTEMAS SA S/ REINTEGRO, DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANIES". A. I. Nº 376 06. por el rogado constancias, У ; Asunción, 25 de mayo del 2.023.- VISTOS: El Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto Julio Cesar Alarcón Flores, que obra a f. 4, las demás CONSIDERAN D 0: El Abogado Julio Cesar Alarcón Flores presentó Recurso de Queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito que obra f. 4. Manifestó que han transcurrido excesivamente los plazos legales respectivos sin que el Tribunal de Apelación en lo Laboral, Primera Sala haya expedido el pronunciamiento de la resolución de rigor, a pesar los reiterados urgimientos.- Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 20 de Marzo del 2.023, que ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en 10 Laboral, Primera Sala, a fin que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "ROQUE MANCUELLO CHAPARRO C/ SERVICIOS Y SISTEMAS SA S/ REINTEGRO, DESPIDO INJUSTIFICADO Y COBRO DE GUARANIES". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado
el Acuerdo y Sentencia número 15, en fecha 14 de Abril del 2.023, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo. POR TANTO, La Exdelentisima: CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: JUDIC lusticia planteado bunal de Apelaz ANOTAR DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de Queja por retardo de el Abogado Jilio Cesar Alarcón Flores contra el 1o Laboral, Pr mera Sala.- tra SECRET mi het Simon Beser Anund Garage SUPREMAM enio Jimenez R Ministro Fierima Czuna Wood Actuaria Secretaria Judicial II • C.S.J.
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