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G0 1 91 107 2 20 21/221 Te 181 211 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 1z2 JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN DIETER MAASSEN VELAZQUEZ C/ VIGUA INDUSTRAL DE PLASTICOS LTA. S/ INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS". A. I. Nº 375 Asunción, 25 de mayo del 2.023.- Y VISTOS: El Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto el Abogado Bruno Fioro Carrizosa, que obra a f. 5, las demás constancias, y; CONSIDERANDO: El Abogado Bruno Fioro Carrizosa presentó Recurso de Queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito que obra a f. 5. Manifestó que han transcurrido excesivamente los plazos legales respectivos sin que el Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Primera Sala, Capital se haya expedido el pronunciamiento de la resolución de rigor, a pesar los reiterados urgimientos. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 10 de Febrero del 2.023, que ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Primera Sala, Capital, a fin que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "DIETER MAASSEN VELAZQUEZ C/ VIGUA INDUSTRAL DE PLASTICOS LTA. S/ INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS". El Tribunal elevó
el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el Auto Interlocutorio Nº 02, en fecha 10 de Febrero del 2.023, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.- POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia plantead por el Abogado Bruno Fioro Carrizosa contra el Tribunal de A •ión en lo Civil y Comercial, Primera Sala, Capital. ANOTAR stinez Simon Yoser вны Anterin Garage Eugenio Fimengze REARA siniste SUPREMA Sobreescrito: 25. Vale Recana viood Actuaria Secretana Judicial IT - C.S.J.
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