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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "PROMEDENT S.A. C/ RES. NRO. 1827 DEL 11/11/2021 DICT. POR SEDECO", Expte. C.S.J. 829, Folio 76vuelto, Año 2022. 309 A.I. Nº. Asunción, 25 de mayo de 2023.- 18 114120/ VISTO: Estos autos, vi CONSIDERANDO: Que, el informe de la Actuaria que obra a fs. 104 de estos autos, expresó lo siguiente: "...que en el expediente caratulado: "PROMEDENT S.A. C/ RES. NRO. 1827 DEL 11/11/2021 DICT. POR SEDECO", Expte.C.S.J. N°829, Folio 75vlto., Año 2022, los abogados Lise Alejandra Vera Moreno y Carlos A. Acevedo Giménez en representación de la Secretaria de Defensa del Consumidor y del Usuario SEDECO, fueron debidamente notificado de la providencia de fecha 21 de diciembre de 2022 (fs. 101), según la cédula de notificación de fecha 03 de febrero de 2023 (fs. 103). De las const ancias que obran en autos, se aprecia que, desce dicha fecha (03 de febrero de 2023), hasta el 13 de febrero de 2023, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por su parte. Consecuentemente, desde dicha fecha (03 de febrero de 2023) transcurrió el plazo de cinco días sin que los representantes de la parte demandada, hayan presentado sus escritos de
contestación del traslado que les tuera corrido por parte del apelante, estando vencido el plazo qu e tenían para hacerlo.- Que, las previsiones del Artículo N$ 438 del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plaro señalado, seguirá su curso la instancia...", en estas condiciones, corresponde dar por decaído el derecho que han dejado de utilizar los abogados representantes de la parte demandarla para presentar sus escritos de contestación de traslado que les fuera corrido por parte del apelante, en consecuencia, llamar Autos para Resolver los Recursos de Apelación y Nulidad interpuesto: por el abogado representante de la parte actora, contra la providencia de fecha 27 de junio de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala. . POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: DAR por decaído el Derecho que han dejado de utilizar los abogados Lise Alejandra Vera Moreno y Carlos Acevedo Giménez(demandada), para presentar sus escritos de contestación de traslado que les fuera corido por parte del apelante (actora).- AUTOS PARA RESOLVER loS Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el abogado representante de la parte actori, conjira là previdencia de fecha 27 de junio de 2022,
dictado por el ANOTAR y registrar.- Lula Marie Bistito Pier Claus Dra. Ma. Carolina Llanes U. Ministra Ante mí: Dr. Manuel Dejesús Ramírez Bangi MiNISTRO (ронка Abg. Nerma Dominguez Sucretaria SECRETARIA JUDICIALM CONTENCIOSO -OMINSTRATIC
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