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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR DIEGO DARIO DUARTE SOSA Y OTROS C/ LEY N° 6746 DE FECHA 27/05/2021 QUE MODF. EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, APROBADO POR LEY N° 6672 DE FECHA 7 DE ENERO DE 2021 DE LAS ENTIDADES: CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENADORES, Y MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y RESOLUCIÓN Nº1110 DE SENADORES LAS CATEGORIAS PREVISTAS EN LEY 6746/2021 "QUE MODF. EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN APROBADO POR LA LEY N°6672 DE FECHA 7 DE ENERO DE 2021, DE LAS ENTIDADES: ONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENAORES, MINISTERIO DE SALUD Y BIENESTAR 28/05/2021 POR LA CUAL ASIGNA AL PERSONAL PERMANENTE DEL CONGRESO NACIONAL Y SUS ACTIVIDADES, LAS CATEGORIAS PREVISTAS EN LA LEY N°6746/2021. - EXPTE N° 991340, AÑO 2021. - AIN° 712 07). 08 09 E T10/!1 RECIBIDO 19/05- 2023 Roque Mbaibé Asunción, 18 de mayo de 2023.- CONCEPCIÓN GONZALEZ FLEITAS, por derecho propio y bajo patrocinio de Abogado, que obra al. 2035 de autos CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito, la citada recurrente manifiesta que desiste de la acción de inconstitucionalidad instaurada en los autos citados más arriba, por convenir a sus derechos. Que, el articulo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia. . Que, el Art. 166 del C.P.C. expresa: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo". Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma trascripta ut supra, el desistimiento formulado por la recurrente deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por la Señora TERESA CONCEPCIÓN GONZALEZ FLEITAS, por derecho propio y bajo patrocinio de abogado, en los autos mencionados ut supra, de conformidad al exordio de esta resolución. ANOTAR, registrar y notifica Ante mi: Cesar M. Diesel Junghanne Ministro CSJ. Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro
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