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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR PANAL COMPANIA DE SEGUROS GENERALES S.A PROPIEDAD COOPERATIVA Y OTROS C/ LA LEY N° 6355/19/ "QUE MODIF. LOS ARTS.1°, 3°, 4°, 7°, 13° Y 21° DE LA LEY N° 5033/13 "QUE REGLAMENTA EL ART. 104 DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, DE DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051//03, SUS MODIF. Y NORMAS RESPALDATORIAS". N° 2042 AÑO 2020. - RECIBIDO AIN° ...70S. ESTAOISTICA CIVIL -05- 2023 Asunción, '7 de mayo de 2023. ISTA: lacción de inconstitucionalidad presentada por el ABG. JOSE LUIS VEGA MEZA, en nombrey representación de 1) Panal Compañía de Seguros Generales S.A. Propiedad Cooperativa. 2) Cooperativa Universitaria Limitada, 3) Cooperativa Binacional de Servicios Cabal Paraguay Limitada, : 74y Cesar Guillermo Cruz Roa, 5) Jhony Emilio Rojas Lugo), 6) Walter Herminio Murdoch Guirland, 7 Tuan Pabto Esteche Alfonso, 8) Antonio Bienvenido Ramírez Gómez, 9) Juan Bautista Saldivar Benítez, 10) Omar Fabian Franco Fariña, 11) Martin Pineda Valdez, 12) Yimmi Hernando Guerreño Trinidad, 13) Carlos Eusebio Coronel Samudio, 14) Carla Ivana Womsbecker, por sus propios derechos, en contra de la Ley N° 6355/ 2019 "QUE MODIFICA LOS ARTS. 1°, 3°, 4°, 7°, 13° Y 21° DE LA LEY N° 5033/2013 "QUE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 104 DE LA CONSTITUCION NACIONAL, DE LA DECLARACIÓN JURADA DE BIENES Y RENTAS, ACTIVOS Y PASIVOS DE LOS FUNCIONARIOS PUBLICOS" Y AMPLÍA LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 2051/03, SUS MODIFICACIONES Y NORMAS RESPALDATORIAS, y CONSIDERANDO Los accionantes manifiestan que la norma impugnada conculca los Arts. 1, 33, 36, 104, 107, 109 y 137 de la Constitución Nacional. - Estudiados los fundamentos de la acción incoada, resulta inocua la expedición de ésta Sala Constitucional con respecto a lo planteado por el accionante, en base a las siguientes consideracion es. El accionante impugna la Ley N° 6355/2019 que obligaba a las personas físicas o jurídicas, concesionarias del sector privado que son proveedoras del Estado o cualquiera sea la forma en que se vincule con la actividad estatal, a presentar declaración jurada de bienes, al asimilarlas a los funcionarios públicos. Sin embargo, en fecha 18 de julio del 2022, fue promulgada la Ley N° 6919, que dispone en su art. 2°): "Derogase la ley N° 6355/2019 "Que modifica los artículos 1°, 3°, 4°, 7°, 13 y 21 de la Le y N° 5033/13, Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacional, de la Declaración Jurada de Bienes y Ren tas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modifica ciones y normas respaldatorias". Nos encontramos, pues, ante un caso en que la alteración de las circunstancias que motivaron la presente acción de inconstitucionalidad, hace que ésta haya perdido toda virtualidad práctica. So bre el punto, esta Corte ha sostenido en diversos pronunciamientos que la sentencia debe sujetarse a la situación vigente al momento en que se dicta. En la especie, como se tiene dicho, la disposición impugnada ya no está vigente, con lo que cualquier pronunciamiento sobre su constitucionalidad sería En conclusión, por los motivos apuntados, corresponde declarar inoficioso el estudio de la presente acción de inconstitucionalidad. . POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la acción de inconstitucionalidad planteada por el ABG. JOSE LVIS VEGA MEZA, en nombre y representación de 1) Panal Compañía de Seguros Generales S.A. Propiedad Cooperativa. 2) Cooperativa Universitaria Limitada. 3) Cooperativ Binacional de Servicios Cabal Paraguay Limitada, 4) Cesar Guillermo Cruz Roa, 5) Jhony Emilio Rojas Lugo), 6) Walter Herminio Murdoch Guirland, 7) Juan Pablo Esteche Alfonso, 8) Antonio Bienvenido Ramírez Gómez, 9) Juan Bautista Saldivar Benítez, 10) Omar Fabian Franco Fariña, 11) Martin Pineda Valdez, 12) Yimmi Hernando Guerreño Trinidad, 13) Carlos Eusebio Coronel Samudio, 14) Carla Ivana Womsbecker, pot sus propios derechos. contra de la Ley N° 6355/2019 "Que modifica los artículos 1°, 3°, 4°, 7°, 139 y 21º de la Ley N° 5033/13, "Que reglamenta el artículo 104 de la Constitución Nacio nal De la Declaración de Bienes y Rentas, Activos y Pasivos de los Funcionarios Públicos y amplía las disposiciones de la Ley N° 2051/03, sus modificaciones y normas respaldatorias" Ante mí: Abog. Jullo C. Pavón Martinez Cesar M. Diesel Junghanns Sacretx Ministro CSJ. Gustavo F. Santander Dansvicor RipyOjeda
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