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1078/22 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "R.H.P. DE LA ABG. ARMINDIA FIORIO Y EL ABG. MARIO A. GUILLEN EN LOS AUTOS: ALCIDES NATIVIDAD NÚÑEZ C/ GLADYS N. ZARZA VDA. DE NÚÑEZ S/ OBLIGACIÓN DE HACER ESCRITURA PÚBLICA". - A. I. Nº 317 RECIEDO STATASTICA PU -05- 2023 Aereistene pue topt HtsTo3 Asunción, 08 de Mayo del 2.023.- pedido formulado por la Abogada Alba Rocío 63/64, y; CONSIDERANDO: La citada Profesional del Foro solicitó a esta Máxima Instancia la modificación de la forma de concesión de los Recursos interpuestos por su Barte, debiendo ser concedidos con efecto suspensivo. Por Auto Interlocutorio N° 661, con fecha 2 de Noviembre del 2.022, el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala, concedió, en relación y sin efecto suspensivo, los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la Abogada Alba Rocío Acuña, contra el Auto Interlocutorio N° 448, con fecha 4 de Agosto del 2.022, que resolvió: "RECHAZAR IN LIMINE la solicitud planteada por la Abg. Alba Rocío Acuña, en representación de la Sra. Gladys N. Zarza Vda. de Núñez, de conformidad con los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución. IMPONER las costas a la perdidosa. ANOTAR...".- El Artículo 184 del Código Procesal Civil establece: "Si el incidente fuere manifiestamente improcedente, el juez deberá rechazarlo sin más trámite, mediante decisión fundada. La resolución será apelable sin efecto suspensivo".- De la lectura del Interlocutorio recurrido y de las constancias de autos, se advierteN que el Ad-quem resolvió rechazar in limine el incidente deducido por la Abogada Alba Rocío Acuña, por lo que los Recursos interpuestos fueron correctamente concedidos sin efecto suspensivo, conforme al Artículo transcripto.-. En consecuencia, corresponde no hacer lugar al pedido formulado por la Abogada Alba Rocío Acuña a fs. 63/64.
..//... POR TANTO, fundada en las motivaciones precedentes, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUEAVE: NO HACER LUZAR al podido formulada por la Abogada Alba Rocío Acuña, por los /fundamen explicitados. ANOTAR gistrar notificar. . Jaen Eugenio Siménez Re Ante mí: Ministro UDICIA, Pierina Ozuna Wood Actuaria Secretaria Judicial I! • C.S.J. SECREKSA
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