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CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: RECUSACIÓN SIN CAUSA EXPRESIÓN DE CAUSA PROMOVIDA POR EL ABG. VICTOR GÓMEZ GARAY C/ LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN LABORAL, SEGUNDA SALA, EN EL EXPTE: "GLORIA GENEZ MONTIEL C/ GAN Y AGRICOLA PALMEIRA S.A. S/ REINTEGRO AL TRABAJO Y COBRO DE GS.". A.I. Nº..294..... Asunción, 04 de mayo del 2.023.- Las recusaciones "sin expresión de causa" el Abogado Victor Gómez Garay, en representación Agrícola Palmeira S.A.", contra Mario Ygnacio Sandra Teresita Bazán y Alma Méndez de Buongermini, Miembros del Tribunal de Apelación del Trabajo, Segunda Sala, de la Capital, yi CONSIDERANDO: El citado profesional recusó "sin expresión de causa" al Pleno del Tribunal (fs.1/4).- Los recusados elevaron informe previsto en el Artículo 31 del Código Procesal Civil. Manifestaron que en el fuero laboral, no existe facultad procesal para plantear recusación sin causa y por tanto, corresponde el rechazo de la misma por su notoria improcedencia (Í. 5). El Artículo 16 del Código Procesal del Trabajo dispone: "E1 nombramiento, deberes atribuciones, responsabilidad, potestades disciplinarias, enjuiciamiento, inamovilidad, recusaciones e inhibiciones de los jueces y magistrados del fuero laboral, se regirán conforme a lo establecido en la Ley Orgánica de los Tribunales de Justicia de la República, salvo en lo especialmente previsto en este Código". A su vez, el Artículo 206 del Código de Organización Judicial, establece: "Está prohibida la recusación sin causa de Magistrados y Funcionarios Judiciales".- Al respecto, se observa que la recusación "sin expresión de causa" no está permitida en la Jurisdicción Laboral, por expresa disposición de la Ley, según lo dispuesto el mencionado Artículo del Código de Organización Judicial, normativa general
que rige el Instituto de la Recusación para estos casos. Asimismo, cabe señalar que las disposiciones del Código Procesal Civil sólo son aplicables supletoriamente ante ausencia normativa expresa, lo cual no ocurre en este caso en particular.- Por tanto, la Excelentísima, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DESESTIMAR las recusaciones "sin expresión de causa" planteadas por el Abogado Víctor Gómez Garay en representación de "Ganadera Agrícola Palmeira S.A." , contra Mario Ygnacio Maidana, Sandra Teresita Bazán Y Alma Méndez de Buongermini, Miembros del Tribunal de Apelación del Trabajo, Segunda Sala, de la Capital, por las motivaciones expuestas en el "Considerando" de La Resolución. DEVOLVER estos Autos al - Tribunal de origen. ANOTAR gistrar y notificar. PODER 100 Lo Marünez Simon (Ministro 1000 * SECRETARt Garag Eugenio inter Ministro Jus Ante Pierina Czuna Wood mí: Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J. *
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