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1239 CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR CRISTIAN EDUARDO QUINTANA EN LOS AUTOS CARATULADOS: "GERALDO ARTETA C/ CRISTIAN EDUARDO QUINTANA Y/O EMPRESA EXCELENCIA MUEBLES Y/O QUIENES RESULTAREN RESPONSABLES DE LA MISMA S/ COBRO DE GUARANÍES EN DIVERSOS CONCEPTOS". AÑO 2020 N° 2670. 01 1,03 ESTADISTICA CIVIL RECEOO 205 05/ A.I. N°...67... -05- 2023 67 Asunción, 04 de mayo de 2023 equE STO E eserito de desistimiento presentado en fecha 14 de junio de 2022, por el señor Quintana, por sus propios derechos y bajo patrocinio de los abogados Alfredo CONSIDERANDO: QUE, el recurrente manifiesta: "(...) Vengo a desistir de la acción de inconstitucionalidad presentada ante esta prestigiosa magistratura, por haber llegado a un acuerdo de pago de haberes a la parte demandante (...)". QUE, el artículo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su renuncia.- QUE, el artículo 166 del Código Procesal Civil reza: "En cualquier estado de la causa el actor puede desistir de la acción que ha promovido. Este desistimiento impide renovar en el futuro el mismo proceso e implica la renuncia del derecho respectivo. El Juez se limitará a examinar si el desistimiento es procedente por la naturaleza del derecho en litigio, y a dar por terminado el proceso en caso afirmativo (...)". POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento solicitado por el señor Cristian Eduardo Quintana, por sus propios derechos y bajo patrocinio de los abogados Alfredo Romero Martínez y Oscar A Paredes, de la acción de inconstitucionalidad, presentada en fecha 25 de noviembre de 2020.- ANOTAR, registrar y notificar. Gustavo E. Santander Dar Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Ministro CSJ. 8 SECRETARIA ATE JUDICIAL I ccOn
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