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CORTE SUPREMA DE USTICIA 之 20 19 PECTIDO EETADISTICA CIVIL -04-2023 ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR CARLOS ALBERTO GUERREÑO INSFRAN 4252/10, QUIE EN SU ART. 1° MODIFICA LOS ARTS. 3°, 9° Y 10° DE LA LEY 2345/2003; ESPECIFICAMENTE CONTRA EL ART. 9°, ASI COMO CONTRA EL ART: 311 DEL DECRETO N° 6581/2022 QUE REGLAMENTA LA LEY 6873/2022 QUE APRUEBA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION" N° 2026 AÑO 2022.- A.I. Nº.655 Asunción, 27 de abril de 2.023- presentado por señor CARLOS ALBERTO GUERREÑO VISEor derecho propio y bajo patrocinio del Abogado CARLOS GUERREÑO y CONSIDERANDO: Que, en el mencionado escrito, el recurrente manifiesta que desiste de la acción de inconstitucionalidad más arriba citada, presentada en esta Instancia; conforme a lo que establece el Art. 167 del Código Procesal Civil. Que, el articulo 10 del Código Civil, autoriza la renuncia de los derechos conferidos por las leyes con tal que sólo miren el interés individual y no esté prohibida su el Art. 167 del C.P.C. expresa: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la primera instancia pone las cosas en el estado que tenían antes de la demanda y no impide renovar el proceso en otra oportunidad. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la sentencia impugnada. No puede desistirse de la primera instancia después de notificada la demanda, sin la conformidad de la parte contraria expresada por escrito"..... Que, por las consideraciones que anteceden y encuadrándose dentro de lo establecido en la norma transcripta ut supra, el desistimiento formulado por el citado profesional deviene procedente. POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: HACER LUGAR al desistimiento de la acción solicitado por el señor CARLOS ALBERTO GUERREÑO INSFRAN, por derecho propio y bajo patrocinio del Abogado CARLOS GUERREÑO, en los autos mencionados ut supra, de conformidad al exordio de esta resolución. ANOTAR, registrar y noticar. Ante mit Gustavo E. Santander Dans Ministro 22 Cesar M/Diesel Junghanns Vinistro CSJ. Julio C. Pavón Martin Secretario Dr. Víctor Rios Ojeda Ministro PODER ICIAL & SECRETARIA 3 JUDICIAL I JUS
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