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PODER CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "R.H.P. DE LOS ABGS. JOEL DAVID FERNANDEZ YEGROS Y CAROLINA BEATRIZ MOLINAS DE FERNÁNDEZ EN: JOEL FERNÁNDEZ Y CAROLINA MOLINAS DE FERNÁNDEZ C/ PABLO DANIEL ZEBALLOS OCAMPOS S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO". 吖 A.I. Nº 253 ESTADISTICA CIVIL Asunción, 18 de abril del 2.023.- 1 9 poie Lige fano 155)5; El pedido formulado por el Abogado Joel David egros de fs. 66/7, el informe de la Actuaria a f. CONSIDERANDO: citado Profesional del Foro solicitó a esta máxima Instancia se declaren Desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la adversa al no haber expresado agravios. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial se advierten que el Abogado Diego Tuma, fue notificado del proveído "Autos" del 30 de Diciembre del 2.022, en fecha 16 de Febrero del 2.023, según Cédula de notificación obrante a f. 65. En el expediente no existe constancia que el citado Profesional se haya presentado a fundar sus Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo.- Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Diego Tuma e imponer las costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 203, inciso e) del Código Procesal Civil.- POR TANTO, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: TUDICIA DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación erpuestos por el Abogado Diego Tuma, contra el A.I. Nulidad 633 de fect 10 de Octubre del 2.022, dictado por el Tribunal de Apelación en SECRETARIA Civil y Comercial, Tercera Sala. MRONER costas al apelante.- REMITIR ste Juicio al Tribunal de origen ra lo que hubiere SUPRE en Derecho 一 ANDPAR registrar y notíficar. Rier sitor linistro Eugenio timénez R/ Ministro Cerer Antonio. Garang Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J.
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