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DEL CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "R.H.P. DEL ABG. ANGEL RODRIGO FERREIRA EN LOS AUTOS: FABIANO GÓMEZ DE SOUZA C/ LA FIRMA ESPAÑA S.A. Y COMERCIAL MARCELO PNEUS S.A. S/ ACCIÓN PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO". ESTADISTICA CIVIL 19 -04- 2023 E Roque López tirance, I 通 OS: Ne erente A. I. No 249 Asunción, 18 de abril del 2.023.- El pedido formulado por el Abogado Angel Rodrigo 192), el informe de la Actuaria obrante a fs. 193, y; CONSIDERANDO: E1 citado Profesional del Foro solicitó a esta Máxima Instancia se declare la Caducidad de Instancia por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (fs. 193) se advierten que la última actuación procesal de la cual existe constancia en el expediente resulta ser la Providencia de fecha 21 de Julio del 2.022, que obra a fs. 191, habiendo transcurrido desde entonces el plazo de seis meses establecido en el Artículo 172 del Código Procesal Civil, para que opere la Caducidad de Instancia. Corresponde, pues, declarar operada la Caducidad de Instancia Recursiva, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 172 del Código Procesal Civil e imponer las Costas al apelante, conforme lo dispone el Artículo 200 del citado Código de Forma.- Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DER PO SECRETARIA 71102 DECLARAR OPERADA LA CADUCIDAD DE INSTANCIA RECURSIVA en este Ju: • por haber transcurrido el término prescripto en el Artículo del Código Procesal Civil. IMPONER Costas al apelante.- ◆ REMITIR este Juicio al Tribunal de origen para lo que hubiere lugar en Dèrecho.-. ANOTAR regastte notificar.= 10000 tinez Simon Eugenio Jiménez R. Ministro Coan Aneril Serry Piexi Actuaria Secretaria Judicial II - C.S.J.
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