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DEL CORTE SUPREMA DE USTICIA JUICIO: "BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA C/ DIOSNEL FRANCO RUÍZ DIA Y OTROS S/ ACCION PREPARATORIA DE JUICIO EJECUTIVO" A.I. Nº 238 Asunción, 18 de abril del 2.023.- Estos autos; y CONSIDERANDO: Polidencia de fecha 21 de Octubre del 2.022, dictada "Ela civil y Comercial de la Excelentísima Corte de Justicia, resolvió llamar "Autos", respecto a los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Rubén Contreras Miranda, en nombre y representación de las partes demandadas, Diosnel Franco Ruiz Zina y Aldo Arístides Franco Ruiz pi, contra el A.I. N° 197 con fecha 21 de Junio del 2.022 (fs. 277), dictado por el Tribunal de Apelación en 1o Civil y Comercial, Tercera Sala, de la Circunscripción Judicial Itapúa. De las constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Judicial (f. 297) se advierten que, el Abogado Rubén Contreras Miranda, en nombre representación de las Bartes demandadas, Diosnel Franco Ruiz y Aldo Arístides Franco Ruiz aa, fue notificado de la Providencia de fecha 24 de Octubre del 2.022 (fs. 294), conforme Cédula de notificación del 28 de Diciembre del 2.022 que obra a f. 295. En el expediente no existe constancia que el citado profesional se haya presentado a fundar Recursos, estando a la fecha vencido el plazo para hacerlo.- Corresponde, pues, declarar desiertos los Recursos de Apelación Nulidad interpuestos por el Abogado Rubén Contreras Miranda, en nombre y representación de las Partes demandadas, Diosnel Franco Ruiz Díazzy Aldo Arístides Franco Ruiz Báaz contra el A.I. N 197 con fecha 21 de Junio del 2.022 (fs. 277), dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Tercera Sala, de la Circunscripción Judicial Itapúa e imponer las Costas a los apelantes, conforme lo dispone el Artículo 203, inciso el , del Código Procesal Civil. POR TANTO, la Excelentísima;
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR DESIERTOS los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el Abogado Rubén Contreras Miranda, en nombre y representación de las Bartes demandadas, Diosnel Eranco Ruiz M y Aldo Arístides Franco Ruiz "'* contra el A.I."N 19%, con fecha 21 de Junio del 2.022, dictado por el Tribunal, de Apelación en lo Civil 1 Comercial, Tercera Sala, de -1a Circunscripción Judicial Itapía. - IMPONER Eostas a 10$/ apelante REMITIR este Juicio al Tribuna de origen para lo que hubiere lugar en perecho. ANOTAR, regi y notificar. Ministra Pierina Ozuna Wa Actuaria Secretaria Judicial II Alberta Pactinez Simon Ministro OTA TUDICIE SECRETARIA Lour Cecer Anteric Jaray
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