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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "COMPULSAS DEL EXPTE: OSCAR MIGUEL SOSA ARGUELLO C/ RES. FICTA DICT. POR EL INSTITUTO DE PREVISION SOCIAL - IPS", Expte. C.S.J. N° 897, Folio 82, Año 2022.- A.I. N°..... 185 sante orte es la actuaria que obra en estos autos, expresólo sieniente: .que en el DICT. POR EL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL - IPS", Expte. C.S.J. N° 897, Folio 82, Año 2022, el Señor Oscar Miguel Sosa Arguello, fue debidamente notificado de la providencia de fecha 09 de diciembre de 2022, según cédula de notificación de fecha 07 de febrero de 2023. De las constancias que obran en autos, se aprecia que, desde la fecha 07 de febrero de 2023, hasta el 15 de febrero de 2023, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por su parte. Consecuentemente, desde dicha fecha (07 de febrero de 2023), transcurrió el plazo de cinco días sin que el Señor Oscar Miguel Sosa Arguello, haya presentado su escrito de contestación del traslado que le fuera corrido por parte del apelante, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo. Que, las previsiones del Artículo Nº 438 del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia..., en estas condiciones, corresponde dar po decaído el derecho que ha dejado de utilizar el Señor Oscar Miguel Sosa Arguello para presentar su escrito de contestación de traslado que le fuera corrido por parte de la apelante, en consecuencia, llamar Autos para Resolver los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la abogada representante de la parte demandada (I.P.S.), contra el Auto Interlocutorio N° 143 de fecha 09 de marzo de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala.-
POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: DAR por decaído el Derecto que ha dejado de utilizar el Señor Oscar Miguel Sosa Arguello, para presentar su respectivo escrito de contestación de traslado que le fuera corrido por parte de l a parte apelante(demandada).- AUTÓS PARA RESOLVER los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por la abogada Ana María Ramírez Rodriguez, contra el Auto Interlocutorio N° 143 de fecha 09 de' marzo de 2022, dictado por el Tribyna de Cuentas, Segunda Sala ANOTARyretistrar:→ Luis Maria Benítez Riera Ministro laut Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Ante mí: POD Потка онимо м 4bg. Narma Dominguez V. Secretaria Dr. Manuel Dejesús Ramfrez Candia CECMINISTRO® CONTE SE АЛАСТАТО,
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