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DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "COMPULSAS DEL EXPTE: ILDEFONSO ARMOA FRANCO C/ RES. NRO. 28 DEL 06/05/2022 DICT. POR AUTORES PARAGUAYOS ASOCIADOS - APA", Expte.C.S.J.Nº898, Folio 82, Año 2022.- A.I. N°.. 183 RECIBIDO ATADISTICA AMI Asunción, 30 de marzo de 2023 ISTOS El escrito presentado por el abogado Cesar Cespedes en «to mientacion de la parte demandada y - CONSIDERANDO Que, el informe de la Actuaria (fs. 162), expresó cuanto sigue: "...en el expediente caratulado: "COMPULSAS DEL EXPTE: ILDEFONSO ARMOA FRANCO C/ RES. NRO. 28 DEL 06/05/2022 DICT. POR AUTORES PARAGUAYOS ASOCIADOS - APA", Expte. C.S.J.N°898, Folio 82, Año 2022, el abogado Andrés Catalino Ayala López, en representación del señor Ildefonso Armoa Franco, fue debidamente notificado de la providencia de fecha 08 de febrero de 2023, según la cédula de notificación de fecha 15 de febrero de 2023. De las constancias que obran en autos, se aprecia que, desde dicha fecha (15 de febrero de 2023), hasta el 23 de febrero de 2023, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por su parte". Consecuentemente, desde dicha fecha (15 de febrero de 2023), transcurrió el plazo de cinco días sin que la parte actora haya presentado su escrito de contestación, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo.-. Que, las previsiones del Artículo N°438 del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia...", en estas condiciones, corresponde dar por decaído el derecho que ha dejado de utilizar el abogado Andrés Catalino Ayala López, en representación del señor Ildefonso Armoa Franco, en consecuencia, llamar Autos para Resolver el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado Cesar L. Cespedes D., en representación de la parte demandada, contra el Auto Interlocutorio Nro.1044 de fecha 14 de setiembre de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala.-....-
POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE DAR dar por decaído el derecho que ha dejado de utilizar el abogado Andrés Catalino Ayala López, en representación del señor Ildefonso Armoa Franco, para presentar su escrito de contestación del traslado que se le corriera por la parte apelante. AUTOS PARA RESOLVER el Recurso de Apelación у Nulidad interpuestos por el abogado Cesar L. Cespedes D., en representación de la parte demandada, conura Auto Interlocutorio Nro. 1044 de fecha 14 de; setiembre de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala. ..- ANOTAR y registrar.- Luis Maria Benítez Riera Ante mí: Dra. Ma. Carolina ttanes U. Ministra Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candia MINISTRO Abg. Noms tominguez v. Secretaria
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