Contenido completo: 97264.pdf
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "JULIO CÉSAR BRITOS CORONIL C/ RES. N° 1047/19 DEL 22 DE NOVIEMBRE DEL INSTITUTO FORES- TAL NACIONAL - INFONA". N° 141, AÑO 2022. A. I. Nº.165 1 20/21 TICA CIVIL Asunción, 28 de marzo de 2023.- 2023 VISTO: el escrito presentado por la Abogada Miryan Delcy Resquín Garay, en representación de la parte actora, y; CONSIDERANDO: Que, en el escrito que obra a fojas 237 de estos autos, la profesional en representación de la parte actora, manifestó: "Que, habiendo llegado a un acuerdo con relación al pago de la multa impuesta por el INFONA, y que es recurrida en este expediente, vengo a desistir de esta instancia recursiva, en base a la Resolución INFONA N° 986/2022 de fecha 20 de diciembre de 2022 "Por la cual se hace lugar al pedido de aplicación del artículo 5º de la resolución Infona N° 481/2016, de fecha 27 de mayo de 2016, que reglamenta el artículo 2º del Decreto N° 1743/2014, por el cual se establece el régimen de infracciones y sanciones forestales y el reglamento de trámites administrativos relativos a los sumarios por infracciones a la legislación forestal y se derogan varios artículos del decreto N° 3929/2010", cuya copia autenticada se adjunta (...)". - Que, el Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso (...) El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la sentencia impugnada (...)".- Que, en relación a las costas, el Art. 197 del Código Procesal Civil dispone: "Cuando el desistimiento fuere de la acción, las costas del proceso correrán a cargo del actor. Cuando lo fuere de la instancia, el que desistiere correrá con las ocasionadas en la misma En consecuencia, corresponde tener por desistido de los recursos interpuestos por la Abogada Miryan Delcy Resquín Garay, en .../||...
.../ll...representación de la parte actora, contra el Acuerdo y Sentencia N° 314, de fecha 30 de noviembre de 2021, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala, en los términos del escrito presentado e imponer costas a la parte apelante. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: 1. TENER por desistidos de los recursos de apelación y nulidad interpuestos por la Abogada Miryan Delcy Resquín Garay, en representación de la parte actora, contra el Acuerdo y Sentencia N° 314, de fecha 30 de novienore de 202h, chopaco por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala.. 2. IMPONER las costas a la parte recurrente. 3. ANOTAR, negistrar y notificar. Ante mí: Luis Marla Benitez Riera Aristro Caul Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra * /Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO HOILSNP Abg. Norma dominguez Mi 冬 Secrotaria
← Volver a los resultados