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43/27 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "LOURDE GAUTO MIRANDA, GUSTAVO FEDERICO MELGAREJO ALFONSO, LILIANA BENÍTEZ DE INSFRAN, CINTIA MARCELA WATENABE, CRISTIAN DANIEL SANTACRUZ SANTACRUZ Y ARNALO ANDRÉS ROJAS C/ GREGORIO MARÍN CARDOZO Y PERLA BENÍTEZ S/ DESALOJO". Об' ES 27 103-2023 A.I. Nº 216 Asunción, 27 de maro del 2.023.- 1 KISTAS: La Providencia de fecha 15 de Junio del 2.022, dictada por el Presidente del Tribunal de Apelación en lo Civil, Laboral y Penal, de la Circunscripción Judicial Caazapá (fs. 147), las demás constancias y; CONSIDERANDO: Por la citada Providencia se resolvió conceder los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Gregorio Marín Cardozo y Perla Benítez, contra el Acuerdo y Sentencia N° 27, del 13 de Junio del 2.022. - El Artículo 403 del Código Procesal Civil establece: "E1 Recurso de Apelación ante la Corte Suprema de Justicia se concederá contra la Sentencia Definitiva del Tribunal de Apelación que revoque • modifique la de Primera Instancia (..)Contra las sentencias recaídas en los procesos ejecutivos, posesorios y, en general, en aquellos que admiten un juicio posterior, no se da este recurso (...) Procederá también contra resoluciones originarias del Tribunal de Apelación que causen gravamen irreparable o decidan incidente". De conformidad a este precepto legal los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el Acuerdo y Sentencia N° 27, del 13 de Junio del 2.022, no resultan viables ante el más alto Tribunal, pues si bien la Resolución recurrida se trata de Sentencia Definitiva del Ad-quem que revocó la de Primera Instancia, no es menos cierto que la misma se dio dentro de un proceso de Desalojo, que, de acuerdo a 1o indicado en la normativa precedentemente transcripta, admite Juicio posterior, sin alterar los Derechos de posesión y dominio que tuvieren las Partes, razón por la cual corresponde declarar mal concedidos los Recursos interpuestos. . POR TANTO, fundada en las motivaciones precedentes, la Excelentisima; ..///...
.///... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR mal concedidos los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por Gregorio Marín Cardozo y Perla Benítez, contra el Acuerdo y Sentencia N° 27, del 13 de Junio del 2.022, dictado por el Tribunal de Apelación en Civil, Comercial, Laboral y Penal, de la ircunsdripción Judicial daazapá. igen. notliicar. 2o Martinez Simon Ministro Ceres Anter ama Ozuna Wood Actuaria retona hidicia! II - C.S.J. PODER AUDICIAL SECRETARIA CORTE JUSTICK SUPERA
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