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เกายกของ DEL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 00 01 EXPEDIENTE: "ALQUIMIA S.A. C/ RES. NRO. 493 DEL 24/09/2020 DICT. POR LA SENAVE", Expte.C.S.J.Nº815, Folio 75 vuelto, Año 2022. 02 93) A.I. N°...!S! ٢١٠١٠٦ 2023 07 Asunción, 21 de marzo. de 2023 22 TuLo: VISTO: El escrito presentado por el Abogado Manuel Guanes Nicoli, en representación de la parte demandada y - CONSIDERANDO En el escrito obrante a fs. 195, el mencionado profesional del foro manifestó que: "...mediante el presente escrito vengo a desistir expresamente de los recursos de apelación y nulidad interpuestos contra el A.I.Nº252 de fecha 07 de abril de 2022, dictado en autos...".- Que, el Art. 167 del Código Procesal Civil establece: "..Que el desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la resolución impugnada...".-.-. Que, en relación a las costas, el Art.197 del Código Procesal Civil dispone: "Cuando el desistimiento fuere de la acción, las costas del proceso correrán a cargo del actor. Cuando lo fuere de la instancia, el que desistiere correrá con las ocasionadas en la misma". En consecuencia, corresponde tener por desistidos de los Recursos interpuestos por el Abogado Manuel Guanes Nicoli, en representacion de la parte demandada, en los términos del escrito presentado e imponer las costas al apelante (parte demandada).- POR TANTO LA, CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE TENER por desistido de los Recursos interpuestos contra el Auto Interlocutorio N°252 de fecha 07 de abril de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Primera Sala, al abogado Manuel Guanes Nicoli, en representación de la parte demandada. COSTAS, a la parte apelante.- ANOTESE notifiquese. Lus mgria Banftea ?iemg auer Dra. Ma. Carolina Ltares U. Ministra Ante mí: or. Manuel Dejesis Ramirez Cndi MINISTRO TEMP Abg. Norma Domínguez \ gecretaria Sobreborra do 21 de marzo de 2023. Vale Abg, Norma Dominguez V. Secretaria
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