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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN RHP DEL ABOG BLAS CHAMORRO EN PABLO IBARROLA GONZALEZ S/ SUCESION".- A.I. N: 164 Asunción, 10 de marzo del 2.023.- 03-2023 VISTOS: El Recurso de Queja por retardo de Justicia interpuesto por el Abogado Blas Ariel Chamorro, que obra a f. 3, demás censtancias, yi CONSIDERANDO: El Abogado Blas Ariel Chamorro presentó Recurso de Queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito que obra a f. 3. Manifestó que a pesar de las insistencias, el Tribunal no ha dictado resolución, por lo que interpuso la queja y solicitó se imprima el trámite de rigor previsto en la Ley.- Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 26 de Diciembre del 2.022, que ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Sala, de la Circunscripción Judicial Central, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "RHP DEL ABOG BLAS CHAMORRO EN PABLO IBARROLA GONZALEZ S/ SUCESION". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el A.I. N° 65, en fecha 9 de Febrero del 2.023, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.- POR TANTO, la Excelentísima; ...///...
...///... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado por el Abogado Blas Ariel Chamorro contra el Tribunal de Apelación en Io Civil, Comergial y Laboral, Segunda Sala de la Circunssripción Judic Ante mí: Jasor Alb o Martinez Simor Ministre Eugenio Jiménez ! Ministro Abg. Pierina Ozuna Wood Secretaria Judicial - C.S.J. • SECRETARIA JUSTICIA
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