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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR MARYAN ALEXANDRA GONZALEZ BENÍTEZ C/ LA LEY N° 6746 DE FECHA 27 DE MAYO DE 2021 QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL PARA EL EJERCICIO FISCAL 2021, APROBADO POR LEY N° 6672 DE FECHA 07 DE ENERO DE 2021 DE LAS ENTIDADES: CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENADORES Y MINISTERIO DE SALUD PUBLICA BIENESTAR SOCIAL, RESOLUCION N° 1110 DEL 28 DE MAYO DE 2021 POR LA CUAL SE ASIGNA AL PERSONAL PERMANENTE DE LA HONORABLE CAMARA DE SENADORES LAS CATEGORIAS PREVISTAS EN LA LEY 6746 QUE MODIFICA EL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION APROBADO POR LEY N° 6672 DE FECHA 07 DE ENERO DE 2021 DE LAS ENTIDADES: CONGRESO NACIONAL, CAMARA DE SENADORES, MINISTERIO DE SALUD Y BIENESTAR SOCIAL Y RESOLUCION N° 3.170 DE FECHA 28 DE MAYO DE 2021 POR LA CUAL SE ASIGNA AL PERSONAL PERMANENTE DEL CONGRESO NACIONAL Y SUS ACTIVIDADES, LAS CATEGORIAS PREVIAS A LA LEY N° 6.446/2021". N° 2667 - ANO 2021. 09 g8 LLL 201901 RECIBIDO AI. N°: 615 -03- 2023 19T 20 Asunción, y de marzo de 2023.- ue VISTA: Ja acción de inconstitucionalidad presentada por la señora Maryam Alexandra González Benítez, por derecho propio bajo patrocinio de abogada, contra la Ley N° 6.746/21 que modifica el presupuesto general de la nación para el Ejercicio Fiscal ru2021, aprobado por la Ley N° 6.672/21 de las entidades: Congreso Nacional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Resol. N° 1.110/2021, por la cual se asigna al personal permanente de la Honorable Cámara de Senadores, categorías previstas en el Ley N° 6.476/21 que modifica el Presupuesto General de la Nación aprobado por Ley N° 6.672/21 de las entidades Congreso Nacional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud y Bienestar Social y Resol. N° 3.170/21 por la cual se asigna al personal permanente del Congreso Nacional y sus Actividades, las categorías previstas en la ley N° 6.746/21, y; CONSIDERANDO: parte accionante acto normativo impugnado inconstitucional porque viola los artículos 46, 47, 48, 102 y 137 de la Constitución Nacional. Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales, resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas de la Constitución, tendrá facultad de promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo" Que, el artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de sentencia definitiva o interlocutoria". Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su artículo 2 "Disponer el tramite el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscriptos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular". Que, analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha justificado concretamente la lesión constitucional alegada como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción de inconstitucionalidad y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el artículo 554 del C.P.C. POR TANTO, la; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: TENER por presentado al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado.- ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas.
DAR TRÁMITE a la acción presentada por la señora Maryam Alexandra Gonzalez Benítez, por derecho propio bajo patrocinio de abogada, contra la Ley N° 6.746/21 que modifica el presupuesto general de la nación para el Ejercicio Fiscal 2021, aprobado por la Ley N° 6.672/21 de las entidades: Congreso Nacional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, Resol. N° 1.110/2021, por la cual se asigna al personal permanente de la Honorable Cámara de Senadores, las categorías previstas en el Ley N° 6.476/21 que modifica el Presupuesto General de la Nación aprobado por Ley N° 6.672/21 de las entidades Congreso Nacional, Cámara de Senadores y Ministerio de Salud y Bienestar Social y Resol. N° 3.170/21 por la cual se asigna al personal permanente del Congreso Nacional y sus Actividades, las categorías previstas en la ley N° 6.746/21. CORRER vista a la Fiscalía General del Estado.- FIJAR días de notificación en Secretaría los martes y jueves de conformidad a lo dispuesto en el Art. 131 del C ANOTAR у registrar. Ante mí: Cesar/M. D et Junghanns 拆。 Dr. Victor Rios Ojedn Ministr PODER ODICIAL SECRETARIA j
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