Contenido completo: 97035.pdf
CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR TELEFONICA ANONIMA EMISORA (TELECEL SAE) C/ ARTS. 2, 4, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24 y 25 DE LA ORDENANZA N° 18/2022 "POR LA CUAL DEROGAN LAS ORDENANZAS N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA CONSTRUCCION 13/2022 DE FECHA 3 DE MAYO DE 2022 " POR LA CUAL SE CONSIDERA Y MODIFICA LA ORDENANZA N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 Y SE UNIFICA, ACTUALIZA Y ORDENA LA REGLAMENTACION DE LAS CONDICIONES UBICACIÓN, INSTALACION FUNCIONAMIENTO DE LOS ELEMENTOS Y EQUIPOS DE TELECOMUNICACION Y OTRAS INSTALACIONES DISTRITO DE CAAGUAZU" N° 1901- ANO 2022.- 1920 Te 121 (91) RECIBICO A.I.N570 EST:D07 16-03-2023 Asunción, 9 de marzo de 2023.- VISTOS: Visto el escrito presentado por la Abogada Carla Sosa Martínez de fecha 15 de octubre de 2022, que obra a f..., y -.... CONSIDERANDO: 7LEL en el mencionado escrito la recurrente interpone recurso de aclaratoria contra los A.I N° 1446 y A.I N° 1447 de fecha 29 de septiembre de 2022, en razón a que, se ha incurrido, involuntariamente en un error material que al momento de consignarse el nombre de la empresa de la siguiente manera: "TELEFONIA CELULAR DEL PARAGUAY Y SOCIEDAD ANONIMA (TELECEL SAE), debiendo "TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA EMISORA (TELECEL SAE). En tal sentido, el Art. 387 del C.P.C. dispone: "Objeto de la aclaratoria. Las partes sin embargo, pedir aclaratoria de la resolución al mismo juez o tribunal que la hubiere dictado, con el objeto de que: a) corrija cualquier error material; b) aclare alguna expresión oscura, sin alterar lo sustancial de la decisión; y c) supla cualquier omisión en que hubiere incurrido sobre algunas de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio. En ningún caso se alterará lo sustancial de la decisión. Con el mismo objeto el juez o tribunal, de oficio, dentro de tercero día, podrá aclarar sus propias resoluciones, aunque hubiesen sido notificadas. El error material podrá ser subsanado aun en la etapa de ejecución de sentencia".- En efecto, del análisis de los Autos Interlocutorios mencionados, y de las constancias de autos, surge que en las resoluciones de referencia se ha incurrido en un error material al momento de consignar el nombre de la empresa de la siguiente manera: "TELEFONIA CELULAR DEL PARAGUAY Y SOCIEDAD ANONIMA EMISORA (TELECEL SAE), debiendo ser "TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA EMISORA (TELECEL SAE)". Por tanto, por las argumentaciones señaladas precedentemente, corresponde aclarar el Auto Interlocutorio N° 1446 de fecha 29 de setiembre de 2022, dejando establecido el tercer apartado como sigue: "DAR TRAMITE a la acción presentada por la Abogada CARLA SOSA MARTINEZ en representación de la empresa TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA EMISORA (TELECEL SAE) C/ ARTS. 2, 4, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24 y 25 DE LA ORDENANZA N° 18/2022 "POR LA CUAL SE DEROGAN LAS ORDENANZAS N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA CONSTRUCCION DE TORRES ANTENAS Y SUS INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS EN LA CIUDAD DE
CAAGUAZU 13/2022 DE FECHA 3 DE MAYO DE 2022 " POR LA CUAL SE CONSIDERA Y MODIFICA LA ORDENANZA N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 Y UNIFICA, ACTUALIZA Y ORDENA LA REGLAMENTACION DE LAS CONDICIONES UBICACIÓN, INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ELEMENTOS Y EQUIPOS DE TELECOMUNICACION Y OTRAS INSTALACIONES EN EL DISTRITO DE Igualmente, corresponde aclarar el Auto Interlocutorio N° 1447 de fecha 29 de setiembre de 2022, dejando establecido el primer apartado como sigue: "HACER LUGAR a la suspensión de efectos de los Artículos, 2, 4, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24 y 25 DE LA ORDENANZA N° 18/2022 "POR LA CUAL SE DEROGAN LAS ORDENANZAS N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA LA CONSTRUCCION DE TORRES ANTENAS Y SUS INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS EN LA CIUDAD DE CAAGUAZU 13/2022 DE FECHA 3 DE MAYO DE 2022 " POR LA CUAL SE CONSIDERA Y MODIFICA LA ORDENANZA N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 Y UNIFICA, ACTUALIZA Y ORDENA LA REGLAMENTACION DE CONDICIONES UBICACION, INSTALACION FUNCIONAMIENTO DE LOS ELEMENTOS Y EQUIPOS DE TELECOMUNICACION Y OTRAS INSTALACIONES EN EL DISTRITO DE CAAGUAZU; en relación a la parte accionante, la Empresa TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA EMISORA (TELECEL SAE), hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteada". POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE: ACLARAR el Auto Interlocutorio N° 1446 de fecha 29 de setiembre de 2022, dejando establecido el tercer apartado como sigue: "DAR TRAMITE DAR TRAMITE a la acción presentada por la Abogada CARLA SOSA MARTINEZ en representación de la empresa TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA EMISORA (TELECEL SAE) C/ ARTS. 2, 4, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24 y 25 DE LA ORDENANZA N° 18/2022 "POR LA CUAL SE DEROGAN LAS ORDENANZAS N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA COMPLEMENTARIAS EN LA CIUDAD DE CAAGUAZU 13/2022 DE FECHA 3 DE MAYO DE 2022 " POR LA CUAL SE CONSIDERA Y MODIFICA LA ORDENANZA N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 Y UNIFICA, ACTUALIZA Y ORDENA LA REGLAMENTACION DE LAS CONDICIONES UBICACIÓN, INSTALACION Y FUNCIONAMIENTO DE LOS ELEMENTOS Y EQUIPOS DE TELECOMUNICACION Y OTRAS INSTALACIONES EN EL DISTRITO DE CAAGUAZU ". ACLARAR el Auto Interlocutorio N° 1447 de fecha 29 de setiembre de 2022, dejando establecido el primer apartado como sigue: "HACER LUGAR a la suspensión de efectos de los Artículos, 2, 4, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 21, 22, 23, 24 y 25 DE LA ORDENANZA N° 18/2022 "POR LA CUAL SE DEROGAN LAS ORDENANZAS N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 "POR LA CUAL SE REGLAMENTA TORRES ANTENAS INSTALACIONES COMPLEMENTARIAS EN LA CIUDAD DE CAAGUAZU 13/2022 DE FECHA 3 DE MAYO DE 2022 " POR LA CUAL SE CONSIDERA Y MODIFICA LA ORDENANZA N° 94/2015 DE FECHA 26 DE OCTUBRE DE 2015 Y UNIFICA, ACTUALIZA Y ORDENA LA REGLAMENTACION DE CONDICIONES UBICACIÓN, INSTALACION FUNCIONAMIENTO DE LOS ELEMENTOS Y EQUIPOS DE TELECOMUNICACION Y OTRAS INSTALACIONES EN EL DISTRITO DE CAAGUAZU ; en relación a la parte accionante, la Empresa TELEFONICA CELULAR DEL PARAGUAY SOCIEDAD ANONIMA (TELECEL resuelta la presente inconstitucionalidad planteada" ANOTAR, registrar y notificar. Ante mi Dr. AXTONTO PPETES Dr. Victor Ríos Ojeda Ministro PODER DICIAL Cesar M. Diesel Junghanns Ministro CSJ. Abog. Julio avon Martinez JUDICIAL! SUPREN JUSTICIA
← Volver a los resultados