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CORTE SUPREMA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD: DEJUSTICIA "PROMOVIDA POR JORGE ANTONIO ADORNO ORTIZ C/ ART. 1° DE LA LEY N° 4252/2010QUE MODIFICA LOS ARTS. 3°, 9° Y 18° DE LA LEY N° 2345/2003.-". N° 1182/2022.- RECIBIDO A.I.N: 492 06 107/011 10 -03- 2023 Asunción, 9 de marzo de 202 3- El pedido de suspensión de efectos formulado por la Abg. " OLIVIA FANEGO presentación del St. Jorge Antonio Adorno Ortiz, contra art. 1° de Roque Mbaibé Saa, Jey N° 4252 2010 Que modifica los arts. 3°, 9° y 18° de la Ley N° 2345/2003; y;- CONSIDERANDO: Que, la mencionada recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos de los actos normativos atacados de inconstitucionales en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil.- Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación. Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. ... A su turno el Ministro Víctor Ríos, dijo: Considero que en el presente caso no se evidencia peligro en la demora, ni que la aplicación de la norma atacada pueda ocasionar perjuicio irreparable al accionante. Por lo que no estando cumplidos los requisitos exigidos en el Artículo 553 del C.P.C., voto por el rechazo de la medida solicitada. ES MI POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL HACER LUGAR a la medida de suspensión de efectos contra art. 1° de la Ley N° 4252/2010 Que modifica los arts. 3°, 9° y 18° de la Ley N° 2345/2003", en relación a la parte accionante; Sr. Jorge Antonio Adorno Ortiz, hasta tanto resuelta la acción de inconstitucionalidad deducida. ANOTAR y notificar.- Ante mí: S.E: 2023, vale abag. Jully C. Pavón Martínez ecretare DE ATONIN FO TE VE cida Rios Ojeda Ministro PODER CORTE SUPRE SECRETARIA JUDICIAL I COCT DE JUSTICIA *
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