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•DEL PAR CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "COMPULSAS PARA MED.CAUT. EN: ACA S.A. C/ RES. NRO. 01 DEL 03/01/2022 Y OTRAS, DICTADAS POR EL VICE MINISTERIO DE TRANSPORTE", Expte.C.S.J.N°585, Folio 56 vuelto, Año 2022.—- A.I. Nº.. .104. Asunción, 09 de ma.zo de 202 \VISTOS: Estos autos y CONSIDERANDO informe de la Actuaria, expresó cuanto sigue: "...en el xpediente caratulado: "COMPULSAS PARA MED.CAUT. EN: ACA S.A. C/ RES. NRO. 01 DEL 03/01/2022 Y OTRAS, DICTADAS POR EL VICE MINISTERIO DE TRANSPORTE", Expte. C.S.J.Nro.585, Folio 56 vuelto, Año 2022, el abogado Luis Alberto Jara Valenzuela, en representación de la parte actora, fue debidamente notificado de la providencia de fecha 02 de noviembre de 2022 (fs. 172), según la cédula de rotificación de fecha 06 de diciembre de 2022 (fs. 182). De las constancias que obran en autos, se aprecia que desde dicha fecha (06 de diciembre de 2022), hasta el 15 de diciembre de 2022, hasta las nueve horas (09:00 hs.), no existe constancia de contestación alguna por su parte. Habiendo presentado su escrito de contestación en fecha 21 de diciembre de 2022". Consecuentemente, desde dicha fecha (06 de diciembre de 2022), transcurrió el plazo de cinco días sin que el abogado Luis Alberto Jara Valenzuela, haya presentado su escrito de contestación, estando vencido el plazo que tenía para hacerlo.- Que, las previsiones del Artículo Nº438 del Código Procesal Civil, establece: "...Si el recurrido no contestare el traslado dentro del plazo señalado, seguirá su curso la instancia...", en estas condiciones, corresponde dar por decaído el derecho que ha dejado de utilizar el abogado Luis Alberto Jara Valenzuela y en consecuencia, llamar Autos para Resolver los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el abogado Luis Cristaldo Kegler y otros (fs. 158), contra los párrafos segundo y quinto de la providencia de fecha 23 de junio de 2022, dictado por el Tribunal de Cuentas, Segunda Sala.-
POR TANTO, LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE DAR por decaído el Derecho que han dejado de utilizar el abogado el abogado Luis Alberto Jara Valenzuela, para presentar su escrito de contestación del traslado que se le corriera por la parte del apelante. AUTOS PARA RESOLVER los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos por el abpsado Luis Cristaldo Kegler y otros (fs.158), contra los parrafos segundo y quinto de la providencia de fecha 23 de junio de 2022, dictado por el Tribunal do Cuentas, Segunda Sala. ANOTAR y registra Lui. María Benítez Riera Ante mí: Dr. Manüel Dejesús Ramírez Candi. MINISTRO Dra. Ma. Carolipatlanes O. Ministra vona онимирім Abg. Worka Doratr Secretaria UBICAL
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