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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA "Recusación con expresión de causa por el Abg. Amado Pedro Benítez Guerrero en nombre y representación del Dr. Jimmy Alberto Paez Giret, c/los miembros del Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Primera Sala, por hechos nuevos que comprometen gravemente su imparcialidad en los autos caratulados: Incidente de Recusación con expresión de causa en: Jimmy Páez s/Apropiación y otro". 1919129131/2 A.I. N° 63- DECIRIDO DISTICA CIVIL - -03- 2023 Asunción, 28 de Febrero del 2023.- 0" VISTA: Ja recusación interpuesta por el Abg. Amado Pedro Benítez Guerrero, en representación de Jimmy Alberto Páez Giret, contra los Magistrados Gustavo Si Adolfo Ocampos González, Bibiana Benítez Faría y Delio Vera Navarro, en los autos precedentemente individualizados, y; CONSIDERANDO: VOTO DEL DR. MANUEL DEJESÚS RAMÍREZ CANDIA: El Abg. Amado Pedro Benítez Guerrero recusa a los Magistrados Gustavo Adolfo Ocampos González, Bibiana Benítez Faría y Delio Vera Navarro, invocando el numeral 13 del Art. 50 del C.P.P.. COMPETENCIA: el Art. 39 del Código Procesal Penal habilita a esta Corte Suprema de Justicia -Sala Penal- a resolver las recusaciones presentadas en contra de los Miembros de los Tribunales de Apelación al preceptuar cuanto sigue: "Además de los casos previstos en la Constitución y en las leyes, la Corte Suprema de Justicia será competente para conocer: ...3) del procedimiento relativo a las contiendas de competencia, y de la recusación de los miembros del tribunal de apelación,". En concordancia con la norma expuesta, el Art. 344 del mismo cuerpo legal expresa: "Producida la inhibición o promovida la recusación, el juez o tribunal inmediato superior tomará conocimiento del incidente.." Del informe de fecha 19 de mayo del 2021, realizado por la Secretaria Judicial de la Secretaría Penal N° 3 de la C.S.J., Karinna Penoni, se infiere que los Magistrados Gustavo Adolfo Ocampos González, Bibiana Benítez Faría y Delio Vera Navarro, se hallan comprendidos con causales de excusación con Jimmy Alberto Páez Giret, por lo que, corresponde declarar INADMISIBLE la recusación interpuesta por el Abg. Amado Pedro Benítez Guerrero, en representación de Jimmy Alberto Páez Giret, contra los miembros recusados.-
VOTO DE LA DRA. MARÍA CAROLINA LLANES OCAMPOS: Considero que corresponde DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la recusación interpuesta por el Abg. Amado Pedro Benítez Guerrero, en representación del Sr. Jimmy Alberto Páez Giret, contra los Magistrados Gustavo Adolfo Ocampos González, Bibiana Benítez Faría y Delio Vera Navarro, por los siguientes motivos:- Del informe de fecha 19 de mayo de 2021, fojas 133 de autos, realizado por la Secretaria Judicial de la Secretaría Penal N° 3 de la Corte Suprema de Justicia, Abg. Karinna Penoni, se constata que los Magistrados Gustavo Adolfo Ocampos González, Bibiana Benítez Faría y Delio Vera Navarro, se hallan comprendidos con causales de excusación con el Sr. Jimmy Alberto Paez Giret; razón por la cual, resulta inoficioso el estudio de la recusación interpuesta. ES MI OPINIÓN. A su vez, el DR. VÍCTOR RÍOS OJEDA manifiesta que se adhiere al voto de la DRA. MARÍA CAROLINA LLANES OCAMPOS, por compartir los mismos fundamentos. POR TANTO, la Excelentísima;- CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA PENAL RESUELVE: 1-. DECLARAR INOFICIOSO el estudio de la recusación interpuesta por el Abg. Amado Pedro Benítez Guerrero, en representación de Jimmy Alberto Paez Giret, contra los Magistrados Gustavo Adolfo Ocampos González, Bibiana Benítez Faría y Delio Vera Navarro, en estos autos caratulados: "Recusación con expresión de causa por el Abg. Amado Pedro Benítez Guerrero en nombre y representación del Dr. Jimmy Alberto Páez Giret, c/los miembros del Tribunal de Apelaciones en lo Penal, Primera Sala, por hechos nuevos que comprometen gravemente su imparcialidad en los autos caratulados: Incidente de Recusación con expresión de causa en: Jimmy Páez s/Apropiación y otro", por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución.- 2.- ANOTAR, registrar y notificar. Ante mí: Karinna Peroni Secetaria PODER * SECRE ARIA JUDICIAL I!! SUPREMA E Dr. Manuel Dejesús Ramírez Candi MINISTRO . Victor Rios Ojeda y Ministro Dra. Ma. Carolina Llanes O. Ministra
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