Contenido completo: 96220.pdf

DEL 2 23100/ 01 CORTE SUPREMA DE USTICIA 105. 05/ ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR SEBASTIAN BERNAL VERA C/ ART. 146 DE LA LEY N° 6672/2021 Y CONTRA LA RESOLUCION DPNC - B N° 3486 DE FECHA 30 DE SETIEMBRE DE 2021". N° 2810 - AÑO 2021. 20 TADISTICA CAN 1-02- 2023 A.I. N:.... Asunción, 24 de febrero de 2023.- Lip:i VISTA: da acción de inconstitucionalidad presentada por el señor Sebastián Bernal Vera, por Rudérecho propio y bajo patrocinio de abogados, en contra del artículo 146 de la Ley N° 6672/2021 "Que Aprueba El Presupuesto General De La Nación Para El Ejercicio Fiscal 2021" y contra la Resoluci ón solicitud de pensión como heredero de veterano de la guerra del Chaco, presentada por el Señor Sebas tián Bernal Vera", emanada de la Dirección de Pensiones no Contributivas del Ministerio de Hacienda", y CONSIDERANDO: Que, la parte accionante alega que los actos normativos impugnados infringen las disposiciones Que, el artículo 550 del C.P.C. dispone: "Procedencia de la acción y juez competente. Toda persona lesionada en sus legítimos derechos por leyes, decretos, reglamentos, ordenanzas municipales , resoluciones u otros actos administrativos que infrinjan en su aplicación, los principios o normas d e la promover ante la Corte Suprema de Justicia, la acción de inconstitucionalidad en el modo establecido por las disposiciones de este capítulo". -........... Que, el artículo 12 de la Ley 609/95 establece: "No se dará trámite a la acción de inconstitucionalidad en cuestiones no justiciables, ni a la demanda que no precise la norma constitu cional afectada, ni justifique la lesión concreta que le ocasiona la ley, acto normativo, sentencia definit iva o Que, la Acordada N° 979 de fecha 04 de agosto de 2015 establece en su articulo 2 "Disponer que tanto el tramite como el rechazo in límine de las acciones de inconstitucionalidad serán suscrip tos por los Ministros de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, emitiendo su opinión en cada caso en particular". -........... Analizado el escrito de presentación se constata que la parte accionante ha indicado concretamente el agravio, como también ha citado las normas que considera vulneradas, exponiendo con claridad y precisión su planteamiento, razones por las que corresponde dar trámite a la acción d e inconstitucionalidad, librar oficio al Ministerio de Hacienda a fin de que remita copia del expedien te administrativo SIME N° 121.949/2019 y correr vista a la Fiscalía General del Estado, de conformidad con el articulo 554 del C.P.C. Por tanto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL TENER por presentado al recurrente en el carácter invocado y por constituido su domicilio en el lugar indicado. ORDENAR la agregación de las instrumentales presentadas. DAR TRÁMITE a la acción de inconstitucionalidad presentada por el señor Sebastián Bernal Vera, por derecho propio y bajo patrocinio de abogados, en contra del artículo 146 de la Ley N° 6672/2021 "Que Aprueba El Presupuesto General De La Nación Para El Ejercicio Fiscal 2021" y contra la Resolución DPNC - B N° 3486 de fecha 30 de setiembre de 2021 "Por el cual se deniega por improcedente la solicitud de pensión como heredero de veterano de la guerra del Chaco, presentada po r el Señor Sebastián Bernal Vera", emanada de la Dirección de Pensiones no Contributivas del Ministeri o LIBRAR oficio al Ministerio de Hacienda, a fin de que por donde corresponda, se sirva remitir a la vista de esta Sala de la Corte, fotocopia autenticada 121.949/2019. de la corte bocopa suented to pcinte sind del expediente administrativo SIME N° CORRER vista a la Fiscalía General del Estado. FIJAR días de notificasión en Secretaría los martes y jueves de cada semana de conformidad a lo dispuesto en el Att. 131 del C.P.C ANOTAR y registrar D=. AXTONIO FRETES Ministro Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro coco
← Volver a los resultados
Operadores de búsqueda disponibles: También podés escribir NEAR/5 o responsabilidad NEAR culpa y será corregido automáticamente.