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CORTE SUPREMA DE USTICIA ACCION DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR OREJHAS SOCIEDAD ANONIMA C/ DECRETO N° 3636 DEL 26 DE MAYO DE 2020 DEL MSPBS, RESOLUCION DNVS D.G. N° 005/2020, CIRCULAR N° 9 DEL 23 DE ENERO DE 2007 DE LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS, RESOLUCION S.G. N° 432 DEL 30 DE JUNIO DE 29/04/1997, EL DECRETO N° 8790 DEL 28/12/2006 DEL MSPBS, DECRETO N° 3671/2020 DEL MSPBS; EL DECRETO N° 3670/2020 DEL MSPBS; LA RESOLUCION N° 1209 DEL 23/12/2008 DEL MINISTERIO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y EL DECRETO N° 3214 DEL 21/10/2009 DEL MINISTERIO DE HACIENDA.- N° 1599 - AÑO 2022.- 8 REPIBIDO -02- 2023 A.I. No...132. Roque Mbaibé Asunción, 20 de febrero de 2023- FiVISTOS: Los Autos Interlocutorios N° 1505 y 1506, ambos de fecha 17 de octubre de 2022, dictados por esta Sala Constitucional, y '0/Eqüe, en los citados interlocutorios, esta Sala ha incurrido involuntariamente en omisiones que deben ser subsanados de oficio.... En tal sentido, el Art. 387 del C.P.C. dispone: "Objeto de la aclaratoria. Las partes podrán, sin embargo, pedir aclaratoria de la resolución al mismo juez o tribunal que la hubiere dictado, con el objeto de que: a) corrija cualquier error material; b) aclare alguna expresión oscura, sin alterar lo sustancial de la decisión; y c)- supla cualquier omisión en que hubiere incurrido sobre algunas de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio. En ningún caso se alterará lo sustancial de la decisión. Con el mismo objeto el juez o tribunal, de oficio, dentro de tercero día, podrá aclarar sus propias resoluciones, aunque hubiesen sido notificadas. El error material podrá ser subsanado aun en la etapa de ejecución de sentencia".-.......... Que, del análisis de los Autos Interlocutorios mencionados, y de las constancias de autos, se observa que efectivamente se ha consignado como parte accionante a la Firma GAFA S.A., debiendo ser OREJHAS S.A. Por tanto, corresponde aclarar el A.I. N° 1505 de fecha 17 de octubre de 2022, dejando establecido como sigue: DAR TRÁMITE a la acción presentada por la Abogada Alba Rocio Acuña, en nombre y representación de la firma OREJHAS SOCIEDAD ANONIMA con RUC N° 80092608-0, en contra de los siguientes actos normativos: 1) Decreto N° 3636 del 26 de mayo de 2020, "Por el cual se reglamenta el Articulo 39 de la Ley N° 1119/1997 - De Productos para la Salud y Otros - se actualizan y establecen normas para la obtención y renovación del Registro Sanitario, de Producto de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes y se deroga el Decreto N° 6474 del 13 de diciembre de 2016." ; 2) Resolución DNVS D.G. N° 005/2020; 3)- Circular N° 9 de fecha 23 de enero de 2007 de la Dirección Nacional de Aduanas "Por la cual se restringen y se limitan temporalmente los lugares de ingreso - egreso de Medicamentos, Cosméticos, Domisanitarios a las Aduanas de la Capital y del Aeropuerto Silvio Pettirossi"; 4)- Resolución S.G. N° 432 del 30 de Junio de 2008 "POR LA CUAL SE MODIFICAN LAS RESOLUCIONES SGN° 1067 DE FECHA 14 DE DICIEMBRE DE 2006 Y 224 DE FECHA 2 DE ABRIL DE 2007 Y SE DISPONE LOS LUGARES DE INGRESO Y EGRESO DE MATERIAS PRIMAS Y PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LA INDUSTRIA FARMACEUTICA"; 5)- Decreto N° 17057 de fecha 29 de abril de 1997 "Por el cual se establece el Registro de Productos de Higiene Personal Cosméticos y Perfumes"; 6)- Decreto N° 8790 del 28 de diciembre de 2006 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social " Por el dual se dispone la vigencia en la República del Paraguay de las Resoluciones GMC N° 26/04, 36/04. 05/05, 07/05, 25/05 y 26/05 aprobadas por el Grupo Mercado Común del MERCOSUR, referentes a reglamentos técnicos de productos para la salud - Area Cosméticos"; 7) Decreto N° 3676/2020 Del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social "POR EL CUAL SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL DE LA RESOLUCIÓN DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR N° 44/18 «REQUISITOS TECNICOS PARA PRODUCCION DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES>>.."; 8) Decreto 3675/2020 /"PQR EL CUAL SE Abes. Culio y lavon ACORPORA AL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL DE LA RESOLUCIÓN DEL secretar GRUPO MERCADO COMUN DEL MERCOSUR N° 44/15 REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE FILTROS ULTRAVIOLETAS PERMITIDOS PARA PRODUCTO DE HIGIENE PERSONAL COSMÉTICOS Y PERFUMES"; 9) Decreto N° Cesar M. Diesel Junghanns Dr. Victor Ros Ojeda Mimistro Ministro
3671/2020 Del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, "POR EL CUAL SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL LA RESOLUCION DEL GRUPO MERCADO COMUN DEL MERCOSUR N° 16/12 REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE SUSTANCIAS COLORANTES PERMITIDAS PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES"; 10) Decreto 3670/2020 "POR EL CUAL SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURIDÍCO NACIONAL LA RESOLUCION DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR N° 62/14 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE SUSTANCIAS QUE NO PUEDEN SER UTILIZADAS EN PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES"; 11) Decreto N° 1029 de fecha 23 de diciembre de 2008 del Ministerio de Industria y Comercio el cual se reglamenta la importación y comercialización de productos de higiene personal, cosméticos, perfumería y productos domisanitarios de riesgo y se deroga la Resolución N° 646 de fecha 13 de agosto" ; y 12) Decreto N° 3214 de fecha 21 de octubre de 2009 del Ministerio de Hacienda "Por el cual se establece como requisito para la importación la licencia previa de importación a ser expedida por el Ministerio de Industria y Comercio, y se establece las vigencias de las tasas reguladas por ei Decreto 1738/2009". Igualmente, corresponde aclarar el A.I. N° 1506 de 17 de octubre de 2022, dejando establecido como sigue: HACER LUGAR a la suspensión de los efectos de los Artículos 5°, 19°, 25°, 46º del Decreto N° 3636 del 26 de mayo de 2020, "Por el cual se reglamenta el Artículo 39 de la Ley N° 1119/1997 -De Productos para la Salud y Otros - se actualizan y establecen normas para la obtención y renovación del Registro Sanitario, de Producto de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes y se deroga el Decreto N° 6474 del 13 de diciembre de 2016."; 2) Circular N° 9 de fecha 23 de enero de 2007 de la Dirección Nacional de Aduanas "Por el cual se restringen y se limitan temporalmente los lugares de ingreso -egreso de Medicamentos, Cosméticos, Domisanitarios a las Aduanas de la Capital y del Aeropuerto Silvio Pettirossi", en relación a la parte accionante, la firma OREJHAS S.A., hasta tanto sea resuelta la presente acción de inconstitucionalidad planteada.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL ACLARAR el A.I. N° 1505 de fecha 17 de octubre de 2022, dejando establecido como sigue: DAR TRÁMITE a la acción presentada por la Abogada Alba Rocío Acuña, en nombre y representación de la firma OREJHAS SOCIEDAD ANONIMA con RUC N° 80092608-0, en contra de los siguientes actos normativos: 1) Decreto N° 3636 del 26 de mayo de 2020, "Por el cual se reglamenta el Articulo 39 de la Ley N° 1119/1997 - De Productos para la Salud y Otros - se actualizan y establecen normas para la obtención y renovación del Registro Sanitario, de Producto de Higiene Cosméticos y Perfumes y se deroga el Decreto N° 6474 del 13 de diciembre de 2016." ; 2) Resolución DNVS D.G. N° 005/2020; 3)- Circular N° 9 de fecha 23 de enero de 2007 Nacional de Aduanas "Por la cual se restringen y se limitan temporalmente los lugares de ingreso - egreso de Medicamentos, Domisanitarios a las Aduanas de la Capital y del Aeropuerto Silvio Pettirossi"; 4)- Resolución S.G. N° 432 del 30 de Junio de 2008 "POR LA CUAL SE MODIFICAN LAS RESOLUCIONES SAGN° 1067 DE FECHA 14 DE DICIEMBRE DE 2006 Y 224 DE FECHA 2 DE ABRIL DE 2007 Y SE DISPONE LOS LUGARES DE INGRESO Y EGRESO PRODUCTOS QUIMICOS INDUSTRIA FARMACEUTICA"; 5)- Decreto N° 17057 de fecha 29 de abril de 1997 "Por el cual se establece el Registro de Productos de Higiene Personal Cosméticos y Perfumes"; 6)- Decreto N° 8790 del 28 de diciembre de 2006 del Ministerio de Bienestar Social " Por el cual se dispone la vigencia en la República del Paraguay de las Resoluciones GMC N° 26/04, 36/04. 05/05, 07/05, 25/05 y 26/05 aprobadas por el Grupo Mercado Común del MERCOSUR, referentes a reglamentos técnicos de productos para la salud - Area Cosméticos"; 7) Decreto N° 3676/2020 Del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social "POR EL CUAL SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL DE LA RESOLUCIÓN DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR N° 44/18 <<REQUISITOS TECNICOS PARA PRODUCCION DE HIGIENE PERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES>>.."; 8) Decreto 3675/2020 "POR EL CUAL SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURÍDICO NACIONAL DE LA RESOLUCIÓN DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR N° 44/15 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE FILTROS ULTRAVIOLETAS PERMITIDOS PARA
CORTE SUPREMA DE USTICIA 20<02- 2023 PRODUCTO DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES"; 9) Decreto N° 3671/2020 Del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, "POR EL CUAL SE SO INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURÍDICO NĂCIONAL LA RESOLUCION DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR N° 16/12 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE SUSTANCIAS COLORANTES PERMITIDAS PARA PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMETICOS Y PERFUMES"; 10) Decreto 3670/2020 "POR EL CUAL SE INCORPORA AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL LA RESOLUCION DEL GRUPO MERCADO COMÚN DEL MERCOSUR N° 62/14 REGLAMENTO TÉCNICO MERCOSUR SOBRE LISTA DE SUSTANCIAS QUE NO PUEDEN SER UTILIZADAS. EN PRODUCTOS DE HIGIENE PERSONAL, COSMÉTICOS Y PERFUMES"; 11) Decreto N° 1029 de fecha 23 de diciembre de 2008 del Ministerio de Industria y Comercio: "Por el cual se reglamenta la importación y comercialización de productos de higiene personal, cosméticos, perfumería y productos domisanitarios de riesgo y se deroga la Resolución N° 646 de fecha 13 de agosto" ; y 12) Decreto N° 3214 de fecha 21 de octubre de 2009 del Ministerio de Hacienda "Por el cual se establece como requisito para la importación la licencia previa de importación a ser expedida por el Ministerio de Industria y Comercio, y se establece las vigencias de las tasas reguladas por el Decreto 1738/2009. ACLARAR el A.I. N° 1506 de 17 de octubre de 2022, dejando establecido como sigue: HACER LUGAR a la suspensión de los efectos de los Artículos 5°, 19°, 25°, 46° del Decreto N° 3636 del 26 de mayo de 2020, "Por el cual se reglamenta el Articulo 39 de la Ley N° 1119/1997 -De Productos para la Salud y Otros - se actualizan y establecen normas para la obtención y renovación del Registro Sanitario, de Producto de Higiene Personal, Cosméticos y Perfumes y se deroga el Decreto N° 6474 del 13 de diciembre de 2016."; 2) Circular N° 9 de fecha 23 de enero de 2007 de la Dirección Nacional de Aduanas "Por el cual se restringen y se limitan temporalmente los lugares egreso de Medicamentos, Cosméticos, Domisanitarios a las Aduanas de la Capital y del Aeropuerto Silvio Pettirossi", en relación a la parte accionante, la firma OREJHAS S.A., hasta tanto sea resuelta la presente accion de inconstitucionalidad planteada.- S.E: 2023, vale ANOTAR y registrar Ante mijo c/Pavdn Martinez Gesar M. Dieset Junghanns TONIOmADr. Victor Rios Ojeda Ministro Ministro 12401 CiE
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