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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA 00 , Оз 131 32 JUICIO: "OLGA CRISTINA B. GODOY DE NICORA Y OTROS C/ STELLA MARY GONZÁLEZ DE LL. S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO Y OTROS" . A. I. Nº. 137 Asunción, 20 de febrero del 2.023.- VISTOS: EL escrito presentado Baldomera Godoy, José Augusto Nicora Godoy y Ada Cristina abogada, a fs.80 de autos; y, CONSIDERANDO: Los citados vienen por el presente escrito a desistir de los fecursos de Apelación y Nulidad interpuestos en contra del A.I.N°48 de fecha 22 de Enero del 2021, dictado por el Tribunal de Apelación en 10 Civil y Comercial, Segunda Sala.- El Artículo 167 del Código Procesal Civil textualmente establece: "El desistimiento de la instancia puede formularse en cualquier grado del proceso. El desistimiento de la segunda o tercera instancia significa la renuncia al recurso interpuesto y deja firme la sentencia impugnada". Sabido es que la posibilidad de interponer recursos es un derecho de orden procesal del cual las partes pueden disponer libremente, conforme el principio dispositivo que rige nuestro sistema civil. Por ende, corresponde tener por desistidos a Olga Cristina Baldomera Godoy, José Augusto Nicora Godoy y Ada Cristina Nicora Godoy de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra la resolución arriba individualizada. En cuanto a las Costas, corresponde su imposición a los recurrentes en virtud a lo dispuesto en el art. 197 del Cód. Proc. Civ. Por tanto, la Excelentisima;
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA CIVL Y COMERCIAL RESUELVE: TENER POR DESISTIDOS a Olga Cristina Baldomera Godoy, José Augusto Nicora Godoy y Ada Cristina Nicora Godoy de los Recursos de Apelación y Nulidad interpuestos contra el Auto Interlocutorio N° 48 de fecha 22 de Enero del 2021, dictado por el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Segunda Sala. - IMPONER la Costas REMITIR stos autos ANO los recurrentes.- l Iribunal de origen. notificar. genio Jiménez R. Ministro Ante ms: Vame ira. Ma. Carolina Llanes O. Ministra Dr. Manuel Deje Secretaria judicia! II - CSJ. Sobeescrito: 2023. vale fon Pierina Czuna Wood Actuaria Secretaria judicial II - C.S.J. SEORETARIA
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