Contenido completo: 95938.pdf
161/22 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "RECURSO DE QUEJA POR APELACION DENEGADA EN "RECONSTITUCIÓN DEL EXPTE. ÁNGEL GONZÁLEZ C/ WALTER ARANDA S/ INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS". A.I. N..12. Asunción, 13 de febrero del 2.023.- -VIL PEDISTIE Estos autos; Y -02- López Franco CONSIDERANDO: A DecieTas 58 constancias del Juicio y del informe de la Secretaria en di cial de f. 31, se advierten que la Abg. Claudia Rocío Alegre Herrera en nombre y representación de Ángel González Ríos, fue notificada de la Providencia de fecha 8 de Noviembre del 2.022 (f. 29), conforme Cédula de notificación del 17 de Noviembre del 2.022 que obra a f. 30. En el expediente no existe constancia que la citada profesional se haya presentado a contestar el traslado corrídole, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a la legislación aplicable al caso. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar la Abg. Claudia Rocío Alegre Herrera, en nombre y representación de Ángel González Ríos, para contestar el traslado corrídole.- Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha dejado de usar la Abo Rocio Alegre Herrera, en nombre y representación de Ángel Ríos, para contestar el traslado corrido por Providencia con fec de Noviembre del 1.022.- AUTOS para entenci fegistrar y notif: Claudia González 8 Eugenio Jiménez R Ministro Ante mí: Alberto Martinez Simon Ministro Ceser Antinke Garag SUPERAN
← Volver a los resultados