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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: ""CARLOS ALBERTO LEZCANO S/ SUCESIÓN INTESTADA" Ceser U SECKETARIA Perma Cruna Wond Actuaria jocreteria hadradII• C.S.J. A.I. Nº...?.. ECTADISTICA CIVIL DRECIDO Asunción, 13 de febrero del 2.023.- -02-2087 STA: La recusación "sin expresión de causa" planteada 1 por el Abogado Gustavo Martínez Agüero contra Valentina Núñez agonzález Miembro del Tribunal de Apelación en 10 Civil y COREA CONSIDERANDO: El citado profesional presentó recusación "sin expresión de causa" contra la señalada Magistrada en fecha 26 de Octubre de 2.022 (f.7).- La recusada elevó el informe de rigor, y solicitó el rechazo de la recusación planteada en su contra por extemporánea (f.9) El Artículo 24 del Código Procesal Civil dispone: "El actor o demandado, podrá recusar sin expresión de causa una sola vez en cada juicio a un juez de primera instancia, de los Tribunales de Apelación y de la Corte Suprema de Justicia...". Respecto de esta última fue expresamente prohibido su planteamiento en virtud de la posterior Ley Nº 609/95, en su Artículo 3, literal g). Asimismo, al regular la oportunidad y la tramitación de recusación sin causa, el Artículo 25 in fine del mismo Código dispone que esta facultad debe ser ejercida ".en las oportunidades previstas en los dos primeros párrafos del Artículo 27." Por su parte, el Artículo 27 del Código Procesal Civil expresa: "El actor deberá ejerce la facultad de recusar al entablar la demanda o en su primera presentación; y el demandado, en su primera presentación, antes o al tiempo de contestarla, o de oponer excepciones en ¡uicio ejecutivo, • de comparecer a la audiengia señalada no primer acto rocesal. Los jueces de la Conte Suprema y de Ios Tribunales Apelación, únicamente pods ser recusados dentro del Alberto artinez Sale luistro ugenio Jiménez R. Ministro tercer día desde la notificación de la primera providencia que se dicte...".- Así las cosas, a los efectos de resolver la recusación planteada, debe realizarse breve recuento de las actuaciones sucedidas en autos. Se observa que el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, dictó el A.I. N° 777 en fecha 06 de Octubre de 2.022, el cual fue notificado al Abogado Gustavo Martínez Agüero según cédula de fecha 06 de Octubre de 2.022 (f.5). Luego, el Abogado Gustavo Martínez Agüero, recusó "sin expresión de causa" a la Magistrada Valentina Núñez González mediante escrito de fecha 26 de Octubre de 2.022 (f.7). Debe decirse que las actuaciones procedimentales deben ser realizadas en el momento que la Ley determina. Si la diligencia se efectúa antes o después del plazo respectivo, ella deviene extemporánea. Así, la extemporaneidad de la actuación procesal puede presentarse por habérsela realizado con posterioridad al vencimiento del plazo estipulado al efecto, o también, con anterioridad a que ese plazo empiece a correr. En tal sentido, surge que el recusante tenía la facultad para plantear dicha recusación dentro de los tres días de la notificación del Auto Interlocutorio de fecha 06 de Octubre de 2.022. Sin embargo, fue incoada recién en fecha 26 de Octubre de 2.022, es decir, de forma extemporánea.- En esa tesitura, la recusación en estudio fue planteada fuera de la oportunidad procesal señalada por el Artículo 27 del Código Procesal Civil; y, en consecuencia, corresponde desestimar la recusación "sin expresión de causa" planteada por el Abogado Gustavo Martínez Agüero, contra Valentina Núñez González, Miembro del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, de la Capital; y, devolver estos autos al Tribunal de origen, conforme con lo dispuesto por el Artículo 33 del Código Procesal Civil. Por tanto, la Excelentísima;
PARA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "CARLOS ALBERTO LEZCANO S/ SUCESIÓN INTESTADA" • CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL TE ETN 91 4-02-2023 RESUELVE: NO DESESTIMAR la recusación "sin expresión causa" planteada Dor el Abogado Gustavo Martínez Agüero, contra satentana Núñez González, Miembro del Iribunal de Apelación en 1o Civil y Comercial, Primera Sala, de la Capital, por OS potivos expuestos en putos es y " onsiderando" de da origen ANOTAR, registrar y notificar. - Ministra Eugenho Jiménez R. Ministro Ceser Artuni Gavar Ante mí: UDICIA Perina Czuna Actuaria Secretoriu Judicial II. SECRETARL JURISMA
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