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11/19/19/20/ 412/22 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "GERARDO INDALECIO SOSA ARGAÑA C/ ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA Y OTROS S/ INDEMNIZACION DE DAÑOS Y PERJUICIOS POR RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL". Te L02 02 A. I. Nº.... as 41,05 DRECIBIDO TADISTICA CIVIL 507-023 Asunción, 13 de feberó del 2.023.- Estos autos; y Asistente 8 CONSIDERANDO: De constancias del Juicio y del informe de la Secretaria Sudis de f. 104, se advierte que la Abogada María Del Rocío Coronel Dávalos en nombre y representación de Gerardo Sosa Argaña, fue notificada de la Providencia de fecha 12 de Setiembre del 2.022 (f. 102), conforme Cédula de notificación del 10 de Noviembre del 2.022 que obra a f. 103. En el expediente no existe constancia que la citada profesional se haya presentado a contestar el traslado corrídole, habiendo vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, conforme a la legislación aplicable al caso. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar la Abogada María del Rocío Coronel Dávalos, para contestar el traslado corrídole. Por tanto, la Excelentísima; CORTE SUPREMA DE JUSTIC SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DAR POR DECAÍDO el Derecho que ha dejado de úsar la Alog. Naría RE1 Rocio Coropel avalos en nombre y representación de Gerardo Sosa El fia contris el traslado corrídole.-. AuToS para fesolver, ANALAR, registrar Eugenio Jiménez 1 Ministro PODEI у Моної Ф Andre Guarg Ante 'mí: Actuaria secretaria ludirlo. OSECRETARIA macos JUSTICIS SURENA DE
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