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CORTE SUPREMA DE USTICIA 100. 102 ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR SILVIO ALARICO RODAS QUIÑONEZ C/"LEY N° 6834/21 QUE MODF. EL ART. 251 DE LA LEY ORGANICA ADMINISTRATIVA DEL 22 DE JUNIO AÑO 1909.- EXPTE N° 122, AÑO 2022. 105 06/ AI.Nº: 47 3-02- 2023 Asunción, de febrero de 2023.- hugue López FLO El pedido de suspensión de efectos formulado por el señor SILVIO ALARICO RODAS QUIÑONEZ, por derecho propio y bajo patrocinio del abogado CARLOS ALEJANDRO DOLDAN, en contra de la ley 6834/21 que modifica el articulo 251 de la Nevorganica administrativa del 22 de junio del año 1909. CONSIDERADO: Que, el mencionado recurrente en el escrito de promoción de la acción solicita la suspensión de efectos del acto nornativo atacados de inconstitucional en base a lo dispuesto en el art. 553 del Código Procesal Civil. Que, el Artículo 553 del C.P.C., dispone que la interposición de la demanda no suspende los efectos de la ley, decreto, reglamento, acto normativo o disposición impugnada salvo cuando la Corte Suprema así lo dispusiere, a petición de parte, porque su cumplimiento podría ocasionar al reclamante un perjuicio irreparable. Dicha resolución se dictará de inmediato y sin substanciación. Que, en estas condiciones y estando cumplidos los requisitos exigidos por el Art. 553 citado, procede hacer lugar a lo solicitado. - POR TANTO, la CORTE SUPREMA LE JUSTICIA SALA CONSTITI CIONAL RESUELVE: HACER LUGAR a la suspensión del SIIVIO ALARICO RODAS QUIÑONEZ, por derecho propio y bajo patrocinio del abogado CARLOS ALEJANDRO DOLDÁN, en contra de Art. 5834/21 que moditica el articu o 251 de la ley organica administrativa del 22 de junio del año 1909, hasta tanto sea resuelta la presente acción de Inconstitucionalidad. ANOTAR y notificar. 2023, ale. Ante mi log. julio t. Dr. Víctor Ríos Ojeda Ministro Ministro Abog. Mullo u. rayon Martinez Secretisu inicatie
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