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829/24 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EXPEDIENTE: "GORGINA VARGAS SEGOVIA C/ IRMA GARCIA DE PEREZ S/ REIVINDICACIÓN DE INMUEBLE". 09) 9,102 A. I. No. 77. , 8 PEASTICA CIVIL -02-2023 boque Lopez Franco Ofuistente Asunción, 08 de tebrero estos autos;y del 2.023.- E 8 CONSIDER AN DO: constancias del Juicio y del informe de la Secretaria f. 131, se advierte que Georgina Vargas Segovia, fue notificada de la Providencia de fecha 16 de Noviembre del 2.022, conforme Cédula de notificación del 16 de Diciembre del 2.022, obrante a f. 129. La citada se presentó a contestar el traslado corrídole en fecha 27 de Diciembre del 2.022, a las 12:10 horas, según cargo que obra a f. 130, cuando ya estaba vencido el plazo procesal que tenía para hacerlo, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 437 del Código Procesal Civil. Corresponde, pues, dar por decaído el Derecho que ha dejado de usar Georgina Vargas Segovia, para contestar el traslado corrídole.-_- Por tanto, la Excelentísima; DAR POR DECAÍDO Segovia, para contestar CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: Derecho que ha dejado de traslado corrídole. Kutan Cesin Ante SECRETARIA Jaran des Actuaria / Wood Sobreescrito: 2023. sauretaria budrifale sar Georgina Vargas Cuarunez simon Ministre Perina Ceuna Wood Actuaria Sucretaria TudicialII -CS.J.
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