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1043/22 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA JUICIO: "RECURSO DE QUEJA POR RETARDO DE JUSTICIA EN: DIEGO OSMAR LOPEZ C/ CLUB OLIMPIA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO". 62 A.I. N° STADE TIER - 3 - 7-02- 2023 Asunción, 06 de Febrero del 2.023.- La leeria VISTOS: El Recurso de Queja por retardo de Justicia Interpus por el Abogado Diego Tuma, que obra a f. 3, las demás CONSIDERANDO: El Abogado Diego Tuma presentó Recurso de Queja por retardo de Justicia, en los términos del escrito que obra a f. 3. Manifestó que a pesar del tiempo transcurrido hasta la fecha y de los urgimientos presentados, no obtuvo resolución alguna. Con las actuaciones que acompañó se comprueba que el plazo establecido en el artículo 162 del C.P.C. transcurrió con exceso, sin que el Tribunal haya dictado resolución. Ante la interposición del mencionado Recurso se dictó la Providencia de fecha 6 de Diciembre del 2.022, que ordenó oficiar al Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial de la Capital, Tercera Sala, a fin de que informe la situación procesal en que se encuentra el Expediente caratulado: "DIEGO OSMAR LOPEZ C/ CLUB OLIMPIA S/ CUMPLIMIENTO DE CONTRATO". El Tribunal elevó el informe correspondiente y manifestó que ha dictado el A.I. Nº 745, en fecha 6 de Diciembre del 2.022, en el que resolvió lo incoado por el aquí quejoso. En las condiciones apuntadas, corresponde declarar inoficioso el estudio del Recurso de Queja por retardo de Justicia planteado, ya que ha desaparecido el motivo que dio lugar a la formación del Expediente, por lo que carece de objeto la tramitación del mismo.- POR TANTO, la Excelentísima; ...///... ...///... CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CIVIL Y COMERCIAL RESUELVE: DECLARAR INOFICIOSO el estudio del Recurso de Queja por retar de Justicia planteado por el Abogado Diego Tuma contra el Tribu de Apelación en 1d Civil y Comercial, Tercera Sal Capital. ANOTAR y registrar. Ante Leos Alerto Martinez Simon Ministre Eugenio Jiménez R Ministro Secretaria tural - 8 Actuaria TUDICIA SECRETARIA JUSTICIA SUPREMA
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