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CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD PROMOVIDA POR KASSEN MOHAMAD HIJAZI EN LOS AUTOS CARATULADOS: "EXHORTO KASSEN MOHAMAD HIJAZI S/ DETENCIÓN CON FINES DE EXTRADICIÓN EXPTE N° 376/2021" AÑO 2022 N° 1200. 01. 20 21/22 ESTADISTICA. - 8 SEP. 2022 ranco A.I. N°...130t.. Asunción, 6 de setiembre de 2022. VISTA: El escrito presentado por la abogada Sonia Mabel González de Hijazi, con Mat. ÇSu N° 11.737, por el que interpone recurso de reposición, y; CONSIDERANDO La Abg. Sonia González de Hijazi, interpone Recurso de Reposición en contra de la Resolución N°: 840 de fecha 05 de julio de 2022, que copiada textualmente dice: "Apercibir al litigante Kassen Mohamd Hijazi y a la profesional Abogada Sonia Mabel González de Hijazi, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución. DISPONER la anotación de la presente sanción disciplinaria en el legajo personal de la Abogada Sonia Mabel González Hijazi. OFÍCIESE a la Secretaría Gral. De la Corte Suprema de Justicia para la toma de Razón pertinente. ANOTAR, y registrar" En virtud a lo solicitado por la accionante, es oportuno traer a colación lo dispuesto por el Artículo 17 de la Ley 609 dispone: "Las resoluciones de las Salas o del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, solamente son susceptibles del recurso de aclaratoria y, tratándose de providencias de mero trámite o regulación de honorarios originada en dicha instancia, del recurso de reposición. No se admite impugnación de ningún género, incluso las fundadas en la inconstitucionalidad".- En lo referente a la reposición planteada, la cita legal transcripta precedentemente es clara en el sentido de que el recurso de reposición procede únicamente contra las providencias de mero trámite y las resoluciones de regulación de honorarios dictadas por las Salas o el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, situación no verificada en el caso que nos ocupa, por lo que necesariamente el recurso debe ser rechazado por su manifiesta improcedencia.- Por lo tanto, de acuerdo a los fundamentos expuestos corresponde no hacer lugar al Recurso de Reposición presentado por improcedente.- POR TANTO, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA CONSTITUCIONAL RESUELVE NO HACER LUGAR al recurso de reposición interpuesto por la abogada Sonia Mabel González de Hijazi, con Mat. CSJ N° 11.737, por los fundamentos expuestos en el exordio de la presente resolución. ANOTAR y notificar por cédula. W Ante mí: Cesar M. Dieseldanghanns Ministro CSJ. DE. ANTONIO FRETES Ministro Dr. Victor Rik Mintstr Pavon vertínez O SECRETARIA S гос,
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